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Documento BOE-A-2011-19143

Resolución de 21 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica IR-194 para los equipos de radiobúsqueda en la banda de frecuencias de VHF.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2011, páginas 129307 a 129308 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-19143

TEXTO ORIGINAL

El artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005, de 15 abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información publicará, como resolución en el «Boletín Oficial del Estado», las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión Europea.

La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de la interfaz para los equipos de radiobúsqueda en la banda de frecuencias de VHF.

El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de los equipos de radiobúsqueda en la banda de frecuencias de VHF, que operen en España y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000.

La concesión de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico, en su caso, está sujeta al cumplimiento de los requisitos mínimos especificados en las interfaces radioeléctricas correspondientes a los tipos de equipos utilizados.

Estas interfaces podrán ser revisadas, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro radioeléctrico o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.

Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de julio, así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, que incorpora estas Directivas al ordenamiento jurídico español.

En su virtud, resuelvo:

Publicar los requisitos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-194 que se relaciona en el anexo a esta Resolución.

Madrid, 21 de noviembre de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, P. D. (Orden ITC/371/2011, de 24 de febrero), el Subdirector General de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Alvariño Álvarez.

ANEXO

Interfaz

Radioeléctrica

Equipos de radiobúsqueda en la banda de frecuencias de VHF

Referencia

IR- 194

 

N.º

Parámetro

Descripción

Comentarios

Parte normativa.

1

Servicio de Radiocomunicación.

Servicio móvil terrestre.

 

2

Aplicación.

Radiobúsqueda.

Radiobúsqueda local y de gran cobertura.

3

Banda de frecuencias.

146 -147,4 MHz.

150,05 -152 MHz.

154,5 -156 MHz.

165,2 -166,9 MHz.

169,6375 -169,7125 MHz.

169,7625 -169,7875 MHz.

169,8125 -171,5 MHz.

 

4

Canalización.

12,5 kHz; 25 kHz.

 

5

Modulación/

Ancho de banda.

F3E, G3E, Digital.

 

6

Dirección/

Separación dúplex.

No se aplica.

 

7

Potencia transmitida/ Densidad de potencia.

Potencia máxima 1.000 W (p.r.a.).

La potencia radiada se indica en la autorización o licencia.

8

Método de acceso al canal y condiciones de ocupación.

 

 

9

Tipo de autorización.

Precisa autorización de frecuencias.

Uso privativo del dominio público radioeléctrico.

10

Requisitos esenciales adicionales.

 

 

11

Planificación de frecuencias.

La frecuencia autorizada ha de ajustarse a las disponibles en la zona de cobertura.

 

Parte informativa.

12

Cambios previstos.

 

 

13

Referencias.

ETSI EN 300 113.

ETSI ETS 300 719.

ETSI EN 301 489-2.

Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF): UN-75, UN-98 y UN-138.

 

14

Notificación.

 

 

15

Observaciones.

 

 

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