Por Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España.
Por Resolución de 3 de junio de 2011, de la Secretaria de Estado de Medio Rural y Agua, se publica la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2011» («BOE» n.º 144, de 17 de junio de 2011).
Vista la propuesta de resolución del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2011», presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 18.4 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, resuelve:
Conceder los galardones que se relacionan a continuación:
Premio a los Mejores Quesos Españoles 2011:
Categoría: Quesos Autóctonos Españoles.
Grupo: Quesos frescos.
Premio: Quesos Belda, S.L., de L’ Alcúdia de Crespins (Valencia).
Grupo: Quesos de pasta blanda.
Premio: Hermanos Pajuelo, S.A.T., de Almoharín (Cáceres)
Grupo: Quesos pasta prensada de oveja.
Premio: Industrias Lácteas Benaventanas, S.A., (ILBESA), de Benavente (Zamora)
Grupo: Quesos pasta prensada de vaca.
Premio: Crisanto S.A.T. n.º 1306 XUGA, de Vilalba (Lugo).
Grupo: Quesos pasta prensada de cabra.
Premio: Félix Alberto Gil Rodríguez, de Puntagorda, La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
Grupo: Quesos de pasta prensada mezcla.
Premio: Queserías Entrepinares, S.A.U., de Valladolid.
Grupo: Quesos de pasta azul.
Premio: Quesos La Peral, S.L., de Illas (Asturias).
Categoría: Quesos de producción ecológica.
Premio: Suerte Ampanera, S.L., de Colmenar Viejo (Madrid).
Categoría: Otros quesos.
Premio: Central Quesera Montesinos, S.L., de Jumilla (Murcia).
Premio Alimentos de España al Mejor Queso del año 2011 a:
Suerte Ampanera, S.L., de Colmenar Viejo (Madrid).
Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de La Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.
Madrid, 17 de noviembre de 2011.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.
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