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Documento BOE-A-2011-19282

Resolución de 21 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV Baza-Caparacena, (Jaén-Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2011, páginas 130195 a 130215 (21 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-19282

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el grupo 3, apartado g) del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero,: por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, sobre delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular, por delegación de la Ministra, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética

El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España, S.A. (REE) y el órgano sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Se ha proyectado la construcción de una línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, denominada L/400 kV Baza-Caparacena, con una longitud aproximada de 122 km, que conectará la subestación existente Caparacena con la subestación en proyecto Baza.

La instalación objeto del presente proyecto se encuentra incluida en el documento de Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016. Forma parte, por tanto, de las nuevas infraestructuras de la red de transporte de energía eléctrica a 400 kV y del nuevo eje de doble circuito Ribina-Baza-Caparacena, que tiene como objeto, además del mallado de la Red de Transporte, facilitar la evacuación de la generación de régimen especial prevista en el plan eólico regional y el apoyo a la red de distribución, con objeto de garantizar la alimentación de la elevada demanda prevista en la zona de Andalucía Oriental.

Los objetivos a alcanzar con la actuación proyectada enlazan, a su vez, con la línea estratégica del Plan de Ordenación Territorial de Andalucía (Decreto 206/2006, de 28 de noviembre) de optimizar las redes de transporte y distribución energética.

El ámbito del proyecto tiene una superficie de 420 544 ha y comprende municipios de las provincias de Granada y Jaén, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo estos los siguientes:

Granada: Alamedilla, Albolote, Alicún de Ortega, Atarfe, Baza, Benalúa, Benalúa de las Villas, Benamaurel, Calicasas, Campotéjar, Cogollos de la Vega, Colomera, Cortes de Baza, Cortes y Graena, Cúllar, Darro, Dehesas de Guadix, Deifontes, Diezma, Fonelas, Freila, Gobernador, Gor, Gorafe, Guadahortuna, Guadix, Güevéjar, Huélago, Huétor de Santillán, Iznalloz, Marchal, Moclín, Montejícar, Montillana, Nívar, Pedro Martínez, Peligros, La Peza, Pinos Puente, Píñar, Purullena, Torre-Cardela, Villanueva de las Torres, Zújar, Morelábor, Cuveas del Campo.

Jaén: Bélmez de la Moraleda, Cabra del Santo Cristo, Campillo de Arenas, Cárcheles, Hinojares, Huelma, Huesa, Noalejo, Pozo Alcón, Quesada.

El trazado de la línea eléctrica en proyecto está formado por 48 alineaciones y tiene las siguientes características:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 400 kV.

Tensión más elevada: 420 kV.

Capacidad térmica de transporte: 2.441 MVA/Circuito.

N.º de circuitos: Dos.

N.º de conductores por fase: Tres.

Tipo de conductor: CONDOR (AW).

N.º de cables compuestos tierra-óptico: Uno (OPGW).

N.º de cables de tierra convencional: Aisladores de vidrio U-210 B.

Tipo de cable de Tierra: 2 cables de guarda de acero recubiertos de aluminio de tipo tierra-óptico.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Cimentación: De zapatas individuales.

Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

Longitud aproximada: 122,13 km.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Suelo.–En el ámbito de estudio se encuentran una serie de georrecursos definidos en el Inventario de Georrecursos Culturales 2004, publicado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, estos son:

PIG 304. Serie Eoceno-Oligoceno de Fuente Caldera (Pedro Martínez, paraje Fuente Caldera). Se encuentra próximo al vértice V27.

PIG 312. Badland del Negratín (Villanueva de las Torres y Gorafe, paraje Cerrón Colorado o Lomas de la Bandera y Yeguas).

PIG 320. Minas de azufre de Benamaurel (Cortes de Baza y Benamaurel, paraje de Llano de los Pozos y Cuevas del Negro). Se encuentra en las inmediaciones del vértice V4.

PIG 291. Serie Oligoceno-Mioceno del Navazuelo (Guadahortuna, paraje Arroyo Piletas-Cerro Granadao). Se encuentra comprendido entre los vértices V31-V32.

Minas de azufre del Llano de los Hoyos (Benamaurel). Localizado en el vértice V4.

Pipings y badlands de las Dehesas de Guadix (Dehesas de Guadix, Villanueva de las Torres, Alamedilla). Se encuentra localizado en el vértice V26.

Respecto a la geotecnia, la mayor parte del ámbito son terrenos con condiciones constructivas favorables, aunque existen terrenos con condiciones desfavorables y muy desfavorables.

Hidrología.–El ámbito de estudio se encuentra enmarcado dentro de la cuenca hidrográfica del río Guadalquivir, y a su vez, se encuentra dentro de dos de las subcuencas hidrográficas más extensas de este río: subcuenca del Guadiana Menor y subcuenca del Alto Genil.

En la zona de actuación se encuentran los siguientes ríos: Guadiana Menor y sus afluentes los ríos Fardes, Guadahortuna, Guadalentín, Castril y Guardal; el afluente del Alto Genil y el río Cubillas con sus tributarios río Colomera y río Fraile.

Dentro del ámbito de estudio, en el término municipal de Albolote, existen dos humedales contemplados en el Inventario Andaluz de Humedales (IHA): Laguna Larga (IH614008) y Laguna Grande (IH614004). Estos humedales forman parte del Inventario Español de Zonas Húmedas.

Existen también varios embalses: Negratín, Colomera, Cubillas, Quiebrajano y Francisco Abellán. Además de estos, se prevé la construcción de dos nuevos: el embalse de Gor y el embalse de Solana del Peñón.

Vegetación.–La zona de estudio se encuadra casi en su totalidad en el piso mesomediterráneo, donde se localizan diferentes unidades de vegetación como bosques de coníferas y encinares, matorrales sub-arbustivos o arbustivos, pastizales mediterráneos, bosques de ribera, cultivos, etc.

Los encinares se localizan principalmente en la zona oeste del área de estudio, ocupando pequeñas superficies. Las zonas de coníferas son fundamentalmente de pino carrasco (Pinus halepensis), encontrándose las mayores superficies entre los municipios de Pedro Martínez y Alicún de Ortega, en el entorno del río Guadalentín y al oeste de Cortes de Baza. Por otro lado, los matorrales que pueden aparecer en la zona son de bajo nivel evolutivo, tratándose principalmente de romerales y tomillares.

En cuanto a la flora, dentro del área de estudio se localizan varias zonas con presencia de especies catalogadas y recogidas en la normativa específica sobre especies de flora protegida de Andalucía, Ley 8/2003, de 28 de octubre, de Flora y Fauna Silvestres, Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, así como en las Directivas 92/43/CEE y 97/62/CE, y el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Ley 42/2007, de 3 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad). Entre las especies vulnerables se encuentran: Centaurea monticola, Cynomorium coccineum, Limonium majus, Puccinellia caespitosa.

Las áreas de interés de flora en la zona de estudio son las siguientes:

Saladar del Baíco (Baza).

Saladares de Baza (Baza).

Rambla de la Higuera (Dehesas de Guadix).

Rambla del Molino (Dehesas de Guadix, Villanueva de las Torres, Pedro Martínez).

Sierra Elvira (Atarfe, Pinos Puente).

Fauna.–Existen numerosos biotopos en la zona, con una gran fauna asociada a ellos, como son los roquedos, bosque mediterráneo, formaciones de matorral, estepas, pseudo-estepas cerealistas, cultivos leñosos (olivar) y humedales.

Las especies de mayor interés faunístico que podrían verse afectadas por la línea eléctrica son: libélula cecilia (Ophiogomphus cecilia), cavilat (Cottus gobio), águila azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), cernícalo primilla (Falco naumanni), alondra ricotí (Chersophilus duponti), murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), águila real (Aquila chrysaetos) y buitre leonado (Gyps fulvus).

Existen varias zonas de especial interés para la fauna:

Zonas de Importancia para las Aves Esteparias (ZIAE): ZIAE 18 Hoya de Baza (Granada).

Áreas prioritarias para las aves: localizada en los municipios de Guadahortuna, Píñar e Iznalloz.

Áreas de Importancia para las Aves (IBAs): IBA n.º 227 Sierras al sur de Jaén, IBA n.º 213 Hoya de Baza e IBA n.º 214 Hoya de Guadix.

Área de dispersión y conservación del águila perdicera Llanos de Guadahortuna.

Espacios protegidos y zonas de interés natural.–Dentro del ámbito de estudio no se encuentra ningún Espacio Natural Protegido de Andalucía, según la Ley 2/1989, de 18 de julio, que aprueba el Inventario de Espacios Naturales y establece medidas adicionales para su protección. El más cercano es el Monumento Natural Cueva de las Ventanas, localizado a 1,9 km, en el T.M. de Píñar, próximo a su núcleo urbano.

Por otro lado, dentro de la zona de actuación, se encuentra un espacio incluido en la Red Natura 2000, en concreto el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES6160015 Río Guadiana Menor-tramo superior, cuya superficie sobrevolada es de 5,2 ha y se encuentra entre los vértices V19 y V20.

A cierta distancia del área de estudio se localizan varios espacios incluidos en Red Natura, concretamente: LIC ES6140007 Sierras de Campanario y las Cabras entre los vértices V19 y V20, LIC ES6140006 Sierra de Arana, a 0,5 km y el LIC/ZEPA ES0000035 Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, a 5,9 km, LIC ES6140010 Sierra de Baza Norte, a 7,3 km, el LIC ES6140003 Natural Sierra de Huétor, a 7,6 km, el LIC ES6140001 Sierra de Baza, el LIC/ZEPA ES6130002 Sierra de Castril, que se encuentra a 10,2 km, la ZEPA ES6160007 Sierra Mágina, a 14,9 km y la ZEPA ES6140004 Sierra Nevada, a 18,5 km.

Los hábitats de interés comunitario, incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que se encuentran en el ámbito de estudio son: 1310 Pastizales anuales mediterráneos continentales de Microcnemum coralloides, 7211 Carrizales y esparaganiales, 8210 Vegetación rupícola y espeluncícola, 92A0 Alamedas, olmedas y saucedas, 92D0 Tarayales, adelfares y cesquerales, 9340 Encinares acidófilo nevadenses, alpujarreño-gadorenses y malacitano almijarenses y encinares basófilos béticos, y los siguientes prioritarios (*): 1510 Espartales salinos y matorrales halófilos guadijeños-baztetanos y alicantinos, 1520 Tomillares gipsícolas mesomediterráneos guadijeño-bacenses, 6110 Céspedes crasifolios rupestres calcáreos de Sedum sediforme, 6220 Pastizales anuales, majadales y lastonares, 7210 Apiales de berrazas y 9560 Sabinares basófilos bético-manchego-alcarreños.

Patrimonio.–Dentro del ámbito de estudio ha sido catalogado el yacimiento arqueológico de Terrera del Reloj, en Dehesas de Guadix, designado también como Bien de Interés Cultural (BIC). Además de este BIC, se encuentran los siguientes dentro del ámbito de actuación: Iglesia de Nuestra Señora de la Anunciación (T.M. de Cortes de Baza), la Terrera del Reloj (T.M. de Dehesa de Guadix) e Iglesia de Nuestra Señora de los Remedios (T.M. de Iznalloz).

Paisaje.–Partiendo de la información del Atlas de los Paisajes de España del Ministerio de Medio Ambiente (2003) y del Mapa de Paisajes de Andalucía de la Junta de Andalucía (2005), el estudio de impacto ambiental define, a grandes rasgos, cinco tipos de paisaje dentro del ámbito de estudio: macizos montañosos béticos; macizos y atlas sierras béticas y subbéticas; hoyas y depresiones bético-alicantinas; valles y corredores intramontañosos béticos y vegas del Guadalquivir, Genil y Guadalete.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada documentación inicial.–La tramitación en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se inició con fecha 4 de marzo de 2008, mediante la recepción del documento inicial Línea Eléctrica de 400 kV Baza-Caparacena (Jaén-Granada).

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.–El órgano ambiental, con fecha 31 de marzo de 2008, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. La relación de consultados se expone a continuación, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria resumen:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

X

Instituto Geológico y Minero de España (IGME) del Ministerio de Ciencia e innovación.

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Dirección General de la Red de Espacios Naturales y Protegidos y Servicios Ambientales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

X

Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

X

Secretaría General de Planificación y Desarrollo Territorial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Ayuntamiento de Baza.

Ayuntamiento de Benamaurel.

Ayuntamiento de Cortes de Baza.

Ayuntamiento de Zújar.

Ayuntamiento de Cuevas del Campo.

Ayuntamiento de Dehesas de Guadix.

Ayuntamiento de Pedro Martínez.

Ayuntamiento de Alamedilla.

Ayuntamiento de Guadahortuna.

Ayuntamiento de Iznalloz.

Ayuntamiento de Deifontes.

Ayuntamiento de Albolote.

Ayuntamiento de Colomera.

Ayuntamiento de Moclín.

X

Ayuntamiento de Pinos Puente

Ayuntamiento de Atarfe.

Ayuntamiento de Calicasas.

X

Ayuntamiento de Freila.

X

Ayuntamiento de Fonelas.

X

Ayuntamiento de Gorafe.

X

Ayuntamiento de Cabra del Santo Cristo.

X

Ayuntamiento de Benalúa.

X

Ayuntamiento de Alicún de Ortega.

Ayuntamiento de Belmez de la Moraleda.

Ayuntamiento de Benalúa de las Villas.

Ayuntamiento de Cambil.

Ayuntamiento de Campillo de Arenas.

Ayuntamiento de Campotéjar.

Ayuntamiento de Cárcheles.

Ayuntamiento de Cogollos de la Vega.

Ayuntamiento de Cortes y Graena.

Ayuntamiento de Cúllar.

Ayuntamiento de Darro.

Ayuntamiento de Diezma.

Ayuntamiento de Gobernador.

Ayuntamiento de Gor.

Ayuntamiento de Guadix.

Ayuntamiento de Güevejar.

Ayuntamiento de Hinojares.

Ayuntamiento de Huélago.

Ayuntamiento de Huelma.

Ayuntamiento de Huesa.

Ayuntamiento de Huétor de Santillán.

Ayuntamiento de Marchal.

Ayuntamiento de Montejícar.

Ayuntamiento de Montillana.

Ayuntamiento de Morelábor.

Ayuntamiento de Nívar.

Ayuntamiento de Noalejo.

Ayuntamiento de Peligros.

Ayuntamiento de La Peza.

Ayuntamiento de Pozo Alcón.

Ayuntamiento de Purullena.

Ayuntamiento de Quesada.

Ayuntamiento de Torre-Cardela.

Ayuntamiento de Villanueva de las Torres.

Instituto Andaluz de Ciencias de la Tierra CSIC-Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada.

Sociedad Española de Ornitología (SEO).

WWF/Adena.

Grupo Ecologista Enebro.

Grupo Ecologista Alcaudón.

Ecologistas en Acción, Silvema.

Ecologistas en Acción de Andalucía.

Departamento de biología animal y ecología. Facultad de Ciencias. Universidad de Granada.

Departamento de biología animal, biología vegetal y ecología de la Facultad de Ciencias Experimentales de la Universidad de Jaén.

Departamento de Botánica de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada.

Departamento de Biología Vegetal de la Facultad de Farmacia de la Universidad de Granada.

Agrupación Granadina de Naturalistas. (AGNADEN).

Federación Andaluza de Asociaciones de Defensa Naturaleza.

Asociación de estudio y protección de la Naturaleza.

Las siguientes asociaciones no se consultaron durante esta fase, pero sí emitieron informe sobre el alcance del estudio de impacto ambiental:

Centro de Iniciativas Turísticas Comarca de Guadix.

Asociación de Desarrollo Rural Comarca Guadix.

A continuación se resume brevemente el contenido de los aspectos más relevantes de las contestaciones a consultas:

Alternativas.–Los Ayuntamiento de Fonelas, Gofares, Benalúa, el Centro de Iniciativas Turísticas Comarca de Guadix y la Asociación Desarrollo Rural Comarca de Guadix, solicitan que se estudie como alternativa mas viable la comprendida por la unión de tramos F-H-K, ya que las otras (especialmente las que contemplan los tramos D y E) afectan gravemente a recursos de alto valor ambiental, paisajístico, científico y socioeconómico de la zona. La ejecución de los tramos D o E, impedirían el desarrollo de la iniciativa del Geoparque europeo, tal y como está siendo prevista por las entidades locales y comarcales, y por los equipos científicos, con el consiguiente perjuicio socioeconómico para este municipio y la Comarca de Guadix.

La Secretaría General de Planificación y Desarrollo Territorial de la Junta de Andalucía considera que las alternativas de trazado deberán ser planteadas en el contexto de las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada.

Hidrología.–La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir indica que se requerirá especial atención si los impactos afectan a zonas protegidas declaradas como tal al objeto de una protección de sus aguas superficiales o subterráneas, o a la conservación de los hábitats y las especies que dependen directamente del agua.

Las zonas protegidas de esta Demarcación incluidas total o parcialmente en el ámbito del proyecto son: puntos de abastecimiento a núcleos de población en las masas de agua subterráneas y superficiales; humedales (La Laguna); zona vulnerable (Zona 10 Decreto 36/2008, de 5 de febrero, por el que se designan las zonas vulnerables y se establecen medidas contra la contaminación por nitratos de origen agrario); zonas sensibles (embalse de Cubillas y Parque Natural de Cazorla) y Red Natura 2000 (Estribaciones de Sierra Mágina, río Guadiana Menor- Tramos inferior y superior, Sierra de Arana, Sierra de Baza, Sierra de Baza Norte, Sierra de Huétor, Sierra Magina, Sierra Nevada, Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas y Sierras del Campanario y Las Cabras).

Patrimonio.–La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía indica que el estudio de patrimonio histórico debe completarse incluyendo un listado actualizado de elementos protegidos del Patrimonio Histórico, tanto inventariados como catalogados. Además de realizar una prospección arqueológica de la zona.

Socioeconomía.–El Ayuntamiento de Calicasas, indica que el nuevo trazado propuesto afectaría al Polígono Industrial previsto en el PGOU municipal que cuenta con aprobación inicial.

La Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía recomienda que, al construir nuevas instalaciones y diseñar nuevos dispositivos, se guarde la mayor distancia posible entre las líneas eléctricas de transporte de energía eléctrica y subestaciones, y los núcleos de población existentes en la zona, especialmente a aquellas zonas que puedan ser frecuentadas habitualmente por la población infantil.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.–El resultado de las contestaciones a las consultas se trasladó al promotor el 11 de julio de 2008, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y la determinación del contenido, alcance y aspectos más relevantes que debía contener el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

3.2.1 Recepción de Estudio de Impacto Ambiental y del expediente de información pública.–Con fecha 6 de mayo de 2011, se recibió en esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el estudio de impacto ambiental de la Línea Eléctrica de 400 kv Baza-Caparacena (Jaén-Granada), así como el expediente de información pública.

3.2.2 Información pública. Resultado.–El inicio del trámite de información pública del proyecto se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 289, de 30 de noviembre de 2010 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada» número 224, de 23 de noviembre de 2010, mediante el anuncio de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada.

Se recibió una alegación por parte de la Comunidad de Regantes Canal de Jabalcón en la que indican que la actuación incide negativamente en el paisaje y en los cultivos arbóreos para biomasa, debido a la restricción de los postes aéreos y futuras instalaciones de riego pívot o construcciones rurales, por la presencia del tendido eléctrico.

El promotor contesta manifestando una serie de puntualizaciones al informe remitido por esta Comunidad de Regantes. En primer lugar informa que la instalación de línea se encuentra en fase de Anteproyecto pero, no obstante, en el proyecto de ejecución que se presentará con posterioridad, se tendrán en cuenta los pivotes de riego a los efectos de hacerlos compatibles con dicho proyecto. Además, asegura que se minimizará, en la medida de lo posible, la afección a la zona regable así como los cultivos arbóreos para biomasa. Concluye informando que en el estudio de impacto ambiental se ha considerado que las instalaciones de la red de transporte de energía eléctrica son totalmente compatibles con el desarrollo agrícola, aplicando, además, el criterio científico y objetivo de la absoluta compatibilidad de sus instalaciones eléctricas con este tipo de cultivo.

3.2.3 Consulta a administraciones ambientales afectadas. Resultado.–Durante el proceso de información pública, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Ley 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de proyectos, el estudio de impacto ambiental fue enviado a aquellos organismos que fueron consultados en la fase de consultas previas.

Asimismo, en virtud de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, durante el periodo de información pública del expediente el promotor consultó a varias administraciones y organismos.

En este periodo se recibieron 28 informes correspondientes a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; la Dirección General de Red de Espacios Naturales y Protegidos y Servicios Ambientales, la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, la Dirección General de Bienes Culturales, la Consejería de Salud, la Secretaría General de Planificación y Desarrollo Territorial, todas ellas de la Junta de Andalucía; los Ayuntamientos de Baza, Benamaurel, Cortes de Baza, Zújar, Cuevas del Campo, Dehesas de Guadix, Pedro Martínez, Alamedilla, Guadahortuna, Iznalloz, Deifontes, Albolote, Colomera, Moclín, Pinos Puentes, Atarfe, Belmez de la Moraleda, Morelábor, Peligros, Villanueva de las Torres; SEO/BirdLife y Ecologistas en Acción Granada.

A este respecto, y con carácter ambiental, cabe destacar que la mayor parte de estas administraciones contestan favorablemente acerca de las obras proyectadas.

Los aspectos ambientales más significativos contenidos en informes y alegaciones recibidas durante la información pública se recogen a continuación:

Hidrología.–La Agencia Andaluza del Agua indica en el informe que los cauces públicos presentes en el ámbito de estudio deberán ser cruzados respetando la zona de servidumbre definida en el Art. 6 del Reglamento del Domino Público Hidráulico (DPH). Igualmente, la altura debe ser superior a la altura mínima exigida por la legislación vigente, según el Art. 127 del Reglamento del DPH. Recomiendan que todos los apoyos proyectados, así como posibles instalaciones intermedias (posibles casetas, centro de transformación, etc), se sitúen fuera de zona inundable ante avenidas extraordinarias. Asimismo, la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía plantea una serie de consideraciones a tener en cuenta desde el punto de vista de la afección al DPH, indicando que será necesario un documento individualizado referente a la afección sobre éste, de acuerdo al Reglamento del DPH.

El promotor manifiesta que toma razón del informe técnico emitido para las siguientes fases del procedimiento, y que se solicitarán, previamente a la ejecución de las obras, las correspondientes autorizaciones administrativas.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, indica que según el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, la ejecución de cualquier obra o trabajo en la zona de cauces precisará autorización previa del Organismo de Cuenca.

El promotor manifiesta que toma razón del informe técnico emitido.

Suelo.–La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía consdiera necesario adpotar una serie de medidas correctoras en cuanto a suelo, referidas a las zonas de almacenamiento de sustancias peligrosas y medidas ante cualquier accidente o vertido.

Fauna.–Ecologistas en Acción de Granada, indica que se atraviesa un área de anidación de águila real y perdicera, así como las inmediaciones de dos áreas de águila-azor perdicera, dos núcleos de cernícalo primilla, un área de anidación de buitre leonado y halcón peregrino, un área con numerosas parejas de cernícalo vulgar, y no se contempla en el estudio la existencia, cada vez mas frecuente, de elanio común o europeo, del que se han detectado 3 ejemplares según la SEO/BirdLife. Este problema en su conjunto se podría solucionar desplazando el trazado de la línea eléctrica en estos puntos sensibles más hacia el sur, pero debería ocasionar nuevos estudios faunísticos-botánicos de la zona.

SEO/BirdLife indica que para determinar el impacto real del proyecto sobre las poblaciones de aves del área afectada, sería necesario realizar análisis detallados sobre presencia, densidad, comportamiento y uso del territorio de las especies comprendidas en el ámbito de estudio, durante un ciclo anual completo.

Se deberán establecer compromisos de gestión de áreas óptimas para las poblaciones de aves afectadas, estableciéndose medidas correctoras eficaces si fuera necesario.

En relación a la selección del pasillo, informa que analizados los posibles trazados alternativos en dicho proyecto, se ha optado por el pasillo 6 por considerarlo la opción de menor impacto, teniendo en cuenta para el caso de la avifauna el proyecto piloto de identificación, caracterización y cartografiado de las rutas y corredores de vuelos de las aves que interactúan con tendidos de transporte de electricidad, promovido por REE y todavía inedito. No obstante, Red Eléctrica asume el cumplimiento de todas las medidas preventivas y correctoras definidas en el estudio de impacto ambiental, así como las definidas en la presente declaración de impacto ambiental, y que se han de aplicar en las fases de proyecto, construcción y operación, y mantenimiento, con el objeto de garantizar el menor impacto ambiental posible durante dichas fases.

En relación a la protección de la avifauna informa que en las líneas eléctricas de transporte, de tensión igual o superior a 220 kV, la electrocución es imposible que se produzca, ya que las distancias que separan a los conductores de las distintas fases entre sí, o de las partes metálicas de los apoyos, son demasiado grandes para que se pueda dar un contacto simultáneo. Además, el R.D. 1432/2008, de 29 de agosto prevé como condicionantes para las instalaciones de transporte la colocación de salvapájaros o señalizadores visuales, cuando lo exija el órgano ambiental autonómico, para evitar la colisión, medidas de prevención cuya adopción ha sido prevista por Red. Estas medidas, junto a las características técnicas de la línea elécrica hacen practicamente nulas las interacciones de las aves. Así lo demuestran los seguimientos de la eficacia de las medidas citadas para evitar la colisión, como el estudio Uso e interacciones del águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) con los tendidos de transporte de energía eléctrica. Departament de Biología Animal. Universitat de Barcelona, 2008.

La Dirección General de Prevención y Evaluación Ambiental de la Junta de Andalucía define una serie de condiciones relativas a fauna, entre ellas la realización de un reconocimiento de zonas afectadas para detectar la presencia de zonas de cría y nidificación de especies protegidas y evitar su afección; la realización de trabajos fuera del periodo de reproducción y cría de aves de interés identificadas en el área de estudio, y en ningún caso en los meses de marzo a julio.

Además, propone incorporar medidas correctoras de antielectrocución y anticolisión previstas en el Decreto 178/2006, de 10 de octubre y el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, concretamente en los siguientes tramos: V1 a V5, V5 a V7, V30 a V41 y V43 a V47. Por último indica que en el PVA se especifique el seguimiento de los efectos de la colisión de la avifauna de la línea eléctrica, así como la justificación y especificación de la metodología de estudio a emplear.

Espacios naturales protegidos.–Ecologistas en Acción de Granada, indica que se producirán afecciones sobre las ZIAEs de la Hoya de Guadix y Baza, ambas catalogadas como IBAs, hábitats óptimos para la reproducción de especies esteparias protegidas como el cernícalo primilla, aguilucho cenizo y, en invierno, el aguilucho pálido, alimoche, sisón, alcaraván, ganga-ortega, terrera marismeña, carraca y alondra Ricotí (que se afecta en al menos 3 áreas donde está contrastada su existencia), todas ellas catalogadas en peligro de extinción o vulnerables.

En las zonas con avifauna protegida, solicitan la instalación sistemática de medidas disuasorias, no solo en los tendidos eléctricos y toma de tierra de los diferentes pasillos que se señalan en el estudio de impacto ambiental, sino en todos los tramos que, al menos, afecten a zonas con algún grado de protección: IBAs, ZIAEs, LIC, etc.

Como solución a este problema conjunto se plantea el desplazamiento del trazado de la línea eléctrica en estos puntos sensibles más hacia el sur, lo que implicaría nuevos estudios fáunísticos-botánicos de la zona.

El promotor indica que la alternativa seleccionada es la de menor impacto. Además indica que cumplirá todas las medidas preventivas y corretoras definidas en el estudio de impacto ambiental. En cuanto a los elementos disuasorios para las aves, indica lo mismo que en párrafos anteriores.

La Dirección General de Prevención y Evaluación Ambiental de la Junta de Andalucía en su informe define una serie de condiciones relativas a los hábitats naturales y la flora. Se trata fundamentalmente de determinaciones en la redacción del proyecto, tales como evitar afecciones a vegetación ribereña de los cauces de ríos Castril, Guadalentín, Guadiana Menor, Cubillas y Colomera; evitar afecciones sobre especies amenazadas del Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas incluidas en el anexo II de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestre, definir a nivel de detalle los accesos, pistas o caminos siguiendo una serie de criterios, definir zonas auxiliares de obras y acopios, y, por último, establecer propuestas de restauración vegetal.

Vegetación.–El Ayuntamiento de Zújar indica que, en el caso de afectar a parcelas forestales, en aplicación del artículo 20 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, se deberá, si se trata de monte público, tramitar la correspondiente autorización de ocupación en aplicación del art. 69 del Reglamento Forestal de Andalucía, y si se trata de Monte Particular deberá de tramitar la autorización para el cambio de uso según el art. 73 y con el procedimiento especificado en el art. 97 de la misma norma.

El promotor toma razón de lo manifestado para las siguientes fases del procedimiento y de la compatibilidad de la instalación con el régimen urbanístico del suelo en el que se ubica.

La Dirección General de Prevención y Evaluación Ambiental indica que, al situarse la línea eléctrica en varios municipios con riesgo de incendios, se deberá presentar el correspondiente plan de autoprotección en los ayuntamientos de los municipios por donde discurre la línea de acuerdo con la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y lucha contra los incendios forestales y el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de prevención y lucha contra los incendios forestales.

Montes públicos.–La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental manifiesta que, dadas las prescripciones establecidas en la normativa forestal de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ocupación de montes públicos, la traza de la línea eléctrica entre los vértices V10 y V11, deberá desplazarse hacia el norte para evitar esta afección a monte público, salvo justificación técnica que justifique la necesidad de afectar específicamente a esos montes públicos al no existir otras alternativas para la traza de la línea en ese ámbito.

REE contesta que no será necesario llevar a cabo labores de tala en los montes sobrevolados. Con el punto de cruce elegido se logran mantener las distancias de las zonas de servidumbre y de protección definidas en el Real Decreto 223/2008 respecto a la vegetación existente. Solamente se requerirán actuaciones puntuales en la base del apoyo ubicado en el V-10.

Cualquier desplazamiento hacia el Norte del trazado previsto para la línea eléctrica, supondrá la necesidad de realizar talas sobre la masa de coníferas existente en el barranco del río Guadalentín, mientras que con la opción planteada, a pesar de sobrevolar montes públicos, se evita esta afección.

Vías pecuarias.–La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental informa que debería adoptarse la traza de la línea entre los vértices V28 y V31 para evitar una afección doble sobre vías pecuarias. En cualquier caso, se requerirá la solicitud de la pertinente ocupación de las vías pecuarias afectadas por el sobrevuelo de la línea eléctrica.

Paisaje. El Ayuntamiento de Zújar indica que el promotor está obligado a garantizar la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y su entorno.

El promotor toma razón de lo manifestado para las siguientes fases del procedimiento.

Socioeconomía.–La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sugiere que se actualice la revisión de información científica en la que se basan las conclusiones sobre los efectos de los campos electromagnéticos en la salud de la ciudadanía, puesto que, basándose en las últimas evaluaciones sobre los riesgos asociados a dichos campos, la consejería no comparte la tesis efectuada en la documentación recibida.

El promotor asume lo manifestado para las siguientes fases del procedimiento.

El Ayuntamiento de Atarfe (Granada), indica que según el plan subregional de la Aglomeración Urbana de Granada, POTAUG, aún cuando el trazado correspondiente a los vértices V46, V47, V48 y V49 son viables; los ámbitos de afección del V48 (parte oeste) y del V49 (parte sur), se encuentran dentro de reservas de suelo para la red ferroviaria de la Aglomeración y la red hídrica principal (río Cubillas). Por ello, los puntos de apoyo pueden estar afectando a la red hídrica secundaria.

El promotor toma razón del informe técnico emitido para las siguientes fases del proyecto.

El Ayuntamiento de Iznalloz (Granada), indica que la línea a su paso por este municipio y concretamente entre los puntos V39 y V37 discurre por terrenos que el Ayuntamiento tiene previsto como zona de ampliación del Polígono Industrial Iznamontes existente en esta localidad, pudiendo con su trazado impedir el desarrollo previsto de la ampliación de dicho polígono. Por ello, solicitan que se modifique el trazado de la línea proyectada entre los puntos V40 y V37 de forma que no suponga la creación de una servidumbre en los terrenos que este Ayuntamiento prevé como ampliación del Polígono Industrial de Iznamontes.

El Promotor indica que han optado por la alternativa de menor impacto y que se cumplirán todas las medidas preventivas y correctoras definidas en el estudio de impacto ambiental, así como aquellas que le indique el órgano ambiental competente en esta declaración de impacto ambiental,, y que se han de aplicar en las fases de proyecto, construcción y operación y mantenimiento, con el objeto de garantizar el menor impacto ambiental posible durante dichas fases.

Patrimonio histórico.–La Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, realiza una prospección previa en la zona de actuación inventariando cinco yacimientos catalogados en el inventario de la provincia de Granada. Se trata de Llano de la Vereda de la Nava, Castillo del Cortijo de Don Cristóbal, Llano de Bardales, Cañada de la Torre I y Cañada de la Torre II. Ninguno de los elementos culturales documentados en el proyecto se ve directamente afectado por la línea eléctrica.

No obstante, informan que se ha realizado una valoración de las afecciones potenciales de cada elemento del patrimonio documentado en el entorno del proyecto con el objetivo de establecer medidas preventivas necesarias, siendo estas las siguientes:

Señalización del yacimiento con el fin de limitar el movimiento de maquinaria pesada en el entorno.

Control arqueológico de movimientos de tierras intensivo durante la fase de construcción de los apoyos más cercanos a los diferentes registros.

Con el cumplimiento de las medidas preventivas propuestas, se considera compatible con el Patrimonio arqueológico y etnográfico existente, con condiciones de cautelas arqueológicas derivadas.

El promotor manifiesta su conformidad con el informe técnico emitido en el cual se considera que la instalación proyectada es compatible con el patrimonio arqueológico y etnográfico existente.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.–Para la selección de una alternativa viable ambientalmente, se definieron un total de 19 tramos que dieron lugar a 16 pasillos o alternativas. Para ello, se llevó a cabo un estudio de varios condicionantes con los que contaba la línea, tales como condicionantes técnico-económicos, criterios ambientales (siendo los de más peso los relativos al medio biótico) y condicionantes socioeconómicos, que sirvieron de base para elaborar los 16 pasillos siguientes:

Pasillos

Tramos

Pasillo 1.

A+B+H+I+L+Ñ+Q.

Pasillo 2.

A+B+H+I+K+N+P.

Pasillo 3.

A+B+H+I+L+M+N+P.

Pasillo 4.

A+B+H+I+L+Ñ+O+P.

Pasillo 5.

A+B+H+J+R.

Pasillo 6.

A+C+D+E+H+I+L+Ñ+Q.

Pasillo 7.

A+C+D+E+H+I+L+Ñ+O+P.

Pasillo 8.

A+C+D+E+H+I+L+M+N+P.

Pasillo 9.

A+C+D+E+H+I+K+N+P.

Pasillo 10.

A+C+D+E+H+J+R.

Pasillo 11.

A+C+D+F+I+L+Ñ+Q.

Pasillo 12.

A+C+D+F+I+L+Ñ+O+P.

Pasillo 13.

A+C+D+F+I+L+M+N+P.

Pasillo 14.

A+C+D+F+I+K+N+P.

Pasillo 15.

A+C+D+F+J+R.

Pasillo 16.

A+C+G+R.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Dentro de los criterios ambientales, en el caso de la protección de la vegetación, se tuvo en cuenta que la afección sobre taxones de flora catalogada y/o amenazada, además de las masas arbóreas de quercinia fuera mínima. Asimismo, se consideró la presencia de hábitats de interés comunitario y áreas de interés para la flora. En el caso de la fauna, se tuvo en cuenta la presencia en la zona de dos ZEPAs (ES6160007 Sierra Mágina y ES0000035 Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas), cinco IBAs (Sierras de Cazorla y Segura, Sierras al sur de Jaén, Hoya de Baza, Hoya de Guadix y Sierra Nevada) y Zonas de Interés para las Aves Esteparias (ZIAE). Por último, se tuvo en cuenta la presencia de espacios protegidos para la selección de este pasillo, como la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA), cuya afección se ha intentado evitar con la selección de esta alternativa.

Tras el estudio de estos tramos se obtuvo la opción ambientalmente más favorable, que es la representada por el pasillo 6, que resulta ser la de menor impacto. Las características principales de este pasillo se resumen a continuación:

El trazado seleccionado atraviesa en su recorrido varios cauces importantes como son el río Baza entre los vértices V3 y V4, el río Castril en el vértice V6, el río Guadiana clasificado como LIC ES6160015 Río Guadiana Menor-tramo superior, en los vértices V19-V20 y el río Colomera entre los vértices V43 y V44.

Como lugares destacados atravesados por la línea destaca la IBA n.º 214 Hoya de Guadix, a partir del vértice V17, el espacio protegido Bad-Land de Bácor-Olivar, incluido en el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de Granada entre los vértices V19-V20. Además, la línea se encuentra a unos 200 metros del área delimitada como territorio del águila azor perdicera, cerca del vértice V25.

En el vértice V31, la línea se introduce durante unos 7 km en área delimitada por la presencia de cangrejo de río, correspondiente a los tributarios del río Cubillas, solapándose a partir del vértice V33 con una zona considerada como área prioritaria para las aves según el R.D. 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias.–A continuación se recogen los impactos más significativos, así como las medidas preventivas y correctoras diseñadas en el estudio de impacto ambiental para su prevención o minimización.

Impactos sobre el suelo. Referente a la geomorfología, la línea y accesos pueden afectar georrecursos como los Bad-Land de Negratín y bad-lands de las Dehesas de Guadix. Según el estudio de impacto ambiental, se producirán alteraciones en las características físicas y químicas del suelo como consecuencia de los movimientos de tierras. Otros efectos serán la ocupación del suelo, incremento de los procesos erosivos y afección a puntos de interés geológico.

Para evitar estos impactos, se aprovecharán los caminos existentes para acceder a la base de los apoyos, evitando la apertura de accesos a los apoyos sobre estas zonas, ubicando los apoyos, zonas de acopio e instalaciones auxiliares en las zonas menos productivas, y en las lindes y límites de cultivos y pastos. Asimismo, con el fin de evitar problemas de erosión, compactación y deslizamientos, se procederá a realizar descompactación mediante escarificado-subsolado, recuperación y restauración de taludes mediante siembre de herbáceas y matorral que fijen el suelo. Por otro lado, se realizarán pequeñas obras de drenaje superficial con el fin de aumentar la vida útil del acceso y estabilizar el firme.

Impactos sobre la hidrología.–Se prevé una posible afección sobre la calidad de las aguas por posibles vertidos accidentales de combustibles, aceites, etc., durante la ejecución de las obras. Debido al cruce de varios ríos y arroyos, en concreto en las inmediaciones del vértice V18, entre el vértice V24+700 y V25+500, y en las inmediaciones del vértice V27, existe mayor riesgo de impacto sobre los cauces.

Para evitar afecciones sobre los cauces, se propone la sobreelevación de los apoyos para la elevación de la catenaria, que en el caso de los cauces públicos, supondrá el ajuste a los gálibos mínimos fijados por la vigente Ley de Aguas. Asimismo, para minimizar las afecciones sobre la calidad de las aguas y la integridad de los cursos de agua, se evitará la acumulación de materiales en los mismos y sus inmediaciones, así como la colocación de apoyos en ellos, de manera que se respeten fuentes, manantiales y abrevaderos, evitando su desvío en todo momento.

En el caso de observarse elementos de obra imputables a la construcción de la línea o de los accesos que puedan obstaculizar la red de drenaje, se limpiarán y retirarán a la mayor brevedad posible, estableciendo medidas para evitar que vuelva a ocurrir. Por último, se proponen labores de revegetación de taludes, especialmente de los caminos situados en las laderas de los barrancos, que evitarán que los materiales sueltos puedan provocar afecciones sobre la red de drenaje.

Impactos sobre la atmósfera.–El principal impacto se producirá como consecuencia del aumento del polvo y ruido en la zona. El promotor indica en el estudio de impacto ambiental que se efectuarán riegos periódicos sobre el terreno, limpieza de ruedas de la maquinaria de obra, utilización de maquinaria poco ruidosa, realización de un mantenimiento de maquinaria periódico y planificación de las labores de limpieza durante la obra.

Impactos sobre vegetación y hábitats de interés comunitario.–El estudio de impacto ambiental señala que se pueden producir efectos sobre las formaciones naturales o seminaturales de encinares, vegetación hidrófila y halohigrófila, y coníferas. Esto será debido a la apertura de caminos de acceso y de instalación de apoyos. Por otro lado, se puede afectar a zonas de interés botánico como son los bosques isla (pinares) en las alineaciones V7 y V8 y setos intersticiales en las alineaciones V41 a V43.

Existe flora catalogada que puede verse afectada entre las alineaciones V22-V26 (presencia de Astragalus oxyglottis y Haplophyllum, y otras especies singulares), y en el entorno de salida de la futura Subestación de Baza V1 a V4, por cercanía a varios saladares que contienen varios endemismos. La afección a estas especies puede ser minimizada mediante la realización de comprobaciones previas al comienzo de las obras por parte de expertos que verifiquen la ausencia en las zonas de actuación.

La instalación de la línea eléctrica sobrevuela varios hábitats de interés comunitario entre ellos los siguientes de carácter prioritario: hábitat 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia) y el hábitat 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea. El promotor evitará en la medida de lo posible ubicar apoyos en las formaciones con presencia de hábitats naturales de interés comunitario.

Asimismo, establece una serie de medidas preventivas y correctoras que se llevarán a cabo para minimizar los impactos, entre las que destacan las siguientes:

La adopción de un apoyo tipo esbelto que permite salvar las masas de arbolado minimizando los efectos sobre ellas, al reducir la necesidad de abrir calle de seguridad y, caso de precisarla, al permitir que ésta sea más estrecha, reduciendo la afección a podas o cortas puntuales. Además, con el mismo objetivo, se llevará a cabo la sobreelevación de los apoyos una vez se haya realizado el estudio detallado de la masa forestal presente, previo a la apertura de la calle de trabajo.

Para las zonas sobrevoladas por la línea en estudio que presenten vegetación de interés, como es el caso de las superficies ocupadas por hábitats naturales, en el proyecto constructivo se detallará el procedimiento para el tendido de los cables de la línea, procurando que este se realice a mano en dichas zonas. Esta operación de tendido a mano adquirirá especial importancia entre los vértices V22 y V26 (Área de importancia para la flora 14-Rampla Molino), zona en la que previamente se habrá realizado una prospección botánica que permitirá delimitar las principales poblaciones de especies de flora amenazada.

Antes de proceder al diseño de los caminos se realizará un trabajo de campo exhaustivo en las masas de encinares bien conservadas, hábitats de interés comunitario, zonas de interés botánico, zonas de flora sensible y formaciones vegetales donde pudieran encontrarse especies protegidas, extremando los cuidados en estas zonas durante las obras; llevándose a cabo el balizamiento de estas zonas previo al inicio de los trabajos.

En el caso de la calle de tendido, exclusivamente se abrirá con una anchura de 1-3 metros. En la misma se respetará al máximo la cubierta vegetal, limitando la eliminación de la vegetación a la estrictamente necesaria para realizar las labores de tendido correspondientes. En el caso de que existan pies de especies de crecimiento rápido que supongan un riesgo para la línea en un plazo inferior a cinco años, se eliminarán por corta selectiva, completando el proceso con la realización de podas de conformación de los árboles pertenecientes a especies de crecimiento lento, con el fin de que su desarrollo futuro sea compatible con la línea.

En caso de no proceder a la apertura de la calle de tendido en zonas de alta densidad de arbolado, durante el tendido se tendrán en cuenta las siguientes medidas:

En los apoyos de principio y final de serie se deberán extremar los cuidados para evitar que la colocación de la máquina de tiro y freno y, en su caso, de los muertos (cable auxiliar que se utiliza junto con la máquina de tiro y arrastre, en la operación de tendido del cable), provoque daños sobre la vegetación cuando ésta posea interés. Además, se reducirán las eventuales cortas a ejemplares aislados de especies sin valor natural.

El tendido a mano se efectuará, en principio, en las zonas de vegetación de interés que se marcan en el presente estudio de impacto ambiental, siempre de acuerdo con el criterio de la dirección ambiental de la obra.

Se restaurará la cubierta vegetal mediante la siembra de herbáceas y la plantación de especies arbustivas autóctonas, en función de la situación presente, de forma que se cree un manto protector que disminuya el riesgo de erosión por escorrentía.

Impactos sobre la fauna.–Durante la fase de obras se podrán producir afecciones como consecuencia de pérdida, fragmentación y alteración de sus hábitats. Las posibles afecciones sobre la fauna terrestre se centrarán en la potencial destrucción de nidos y madrigueras.

Durante la fase de explotación los mayores riesgos son para la avifauna, debido al aumento de los riesgos de colisión con el tendido eléctrico. Las zonas con mayor riesgo potencial de colisión se encuentran en: Zonas de Importancia para las Aves Esteparias (alineaciones V1 a V4), IBA Hoya de Guadix, colonias de quirópteros, águila azor perdicera (alineaciones de V17 a V25), área prioritaria para las aves (alineaciones de V32 a V41) y por último IBA Sierras al sur de Jaén (alineaciones V39 a V41). Estas afecciones repercutirán sobre especies como cernícalo primilla y alondra de Dupont, especies incluidas en los catálogos andaluz y nacional.

Además de estas aves, hay que tener en cuenta especies ligadas al medio acuático como el cangrejo de río (Austropotamobius pallipes) o el cavilat (Cottus gobio), cuya afección se produciría en la fase de construcción. En el caso de los cauces fluviales con presencia de cangrejo, se intentarán compatibilizar las actividades de la fase de construcción de la línea con las épocas de menor sensibilidad para esta especie.

Según el estudio de impacto ambiental, se comprobará en especial que los nuevos accesos no crucen zonas de reproducción (nidos y madrigueras), realizando para ello una prospección previa al comienzo de las obras y en el caso de necesidad de reiterada de algún nido, se contactará con la Administración competente. Se comprobará especialmente en las zonas de mayor valor para la fauna, como son las siguientes:

Zonas de importancia para las aves esteparias (ZIAE): V1-V2, V2-V3, V4-V4 y V4-V5.

Zona de cría de águila real: V23-V27 y V27-V28.

Zona de cría de cernícalo primilla: V33-V34 y V34-V35.

Área prioritaria para las aves según Real Decreto 1432/2008 entre los vértices V33 y V41.

Dado que las diferentes especies de aves presentes se reproducen durante la primavera y el verano, siendo este grupo el más sensible en la zona de estudio a las injerencias humanas, se pactará con la administración periodos de parada biológica, en los enclaves donde se detecten parejas nidificantes, sobre todo de especies sensibles, para respetar las épocas de reproducción de estas especies catalogadas en las máximas categorías de protección (aves esteparias y rapaces). En concreto, se tendrán en cuenta en las alineaciones V1 a V5, donde se encuentra la Zona Importante para las Aves Esteparias (ZIAE) Hoya de Baza.

Para evitar o minimizar la colisión de aves contra la línea eléctrica, se instalarán salvapájaros en zonas de mayor presencia de aves. Las zonas donde se colocarán estos salvapájaros son las siguientes:

Zonas de Importancia para las Aves Esteparias e IBA «Hoya de Baza»; en las alineaciones de V1 a V4.

Cruce sobre la Hoya de Guadix, en la alineación V18 y V20.

Zona de cría de águila real en las alineaciones V25 a V26+500.

Zona de cría de cernícalo primilla en las alineaciones V33 a V33+640 que coincide parcialmente con área prioritaria para las aves, según Real Decreto1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, entre los vértices V33 y V41.

Finalmente, para evitar la instalación de nidos sobre los apoyos, se instalarán elementos disuasorios que impidan la nidificación en las partes de las torres que dificulten las labores de mantenimiento, estos elementos seguirán las recomendaciones derivadas de los estudios realizados por Red Eléctrica.

Impactos sobre Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.–La línea eléctrica proyectada sobrevuela transversalmente el LIC ES6160015 Río Guadiana Menor-tramo superior, en una longitud de 20 metros entre los V19-V20, aunque según indica el promotor no esta previsto ningún acceso que afecte a este LIC.

Impactos sobre el paisaje.–El principal efecto se producirá debido a la presencia de las instalaciones que generará una intrusión visual que alterará la calidad paisajística de la zona. La apertura de calles, el desbroce y/o eliminación de la vegetación para la ejecución de los accesos y para la construcción de la base de los apoyos producirán un impacto en la fase de ejecución de obras. Por ello, los apoyos no se situarán en las zonas de máxima visibilidad, como crestas o puntos culminantes.

Se llevará a cabo una restauración y acondicionado de las zonas afectadas por las obras, en el que se buscará el acabado de taludes de accesos permanentes suave, uniforme y totalmente acorde a la superficie del terreno y la obra, evitando aristas y formas antinaturales en la medida de lo posible. Se recuperarán las superficies abiertas afectadas, recuperación de caminos abiertos en prados, restauración de las plataformas de trabajo y zonas deforestadas.

Impactos sobre las vías pecuarias.–No se prevén impactos significativos sobre las vías pecuarias que cruzan la línea eléctrica.

Impactos sobre el patrimonio.–El posible impacto que puede producirse será durante la fase de construcción debido al movimiento de tierras y de la maquinaria, ya que cabe la posibilidad de afectar al elemento arqueológico declarado BIC La Terrera del Reloj que se encuentra a 365 m del trazado.

Las medidas preventivas y correctoras incluidas en el estudio de impacto ambiental para evitar impactos sobre el patrimonio serán consecuencia de la prospección arqueológica superficial intensiva a lo largo del trazado de la línea eléctrica, para descartar la afección a nuevos elementos del patrimonio no catalogados. Posteriormente en los puntos donde se detecten indicios de potencial arqueológico o se aprecie que pudieran encontrarse, se procederá a señalarlos de forma clara determinando con exactitud las zonas de interés, para evitar que desplazamientos de maquinaria pudieran producir daños en las fases de construcción, manteniendo una vigilancia permanente durante el desarrollo de los trabajos de obra civil en esas zonas.

Los trabajos arqueológicos se deberán llevar a acabo por técnicos especialistas, que estarán en permanente contacto con la Dirección de Obra y con el Servicio de Arqueología competente en la materia.

4.3 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas.–Con el fin de controlar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras determinadas, el promotor incluye en el estudio de impacto ambiental un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) de la línea eléctrica, de acuerdo con la legislación vigente.

En todas las fases de ejecución de la obra se contará con una asistencia técnica ambiental mediante la presencia, a pie de obra, de un técnico especialista en disciplinas medioambientales que dependerá de la Dirección de Obra y que asesorará sobre el modo de ejecutar las obras y resolverá sobre imprevistos que puedan aparecer. Además, el seguimiento de cumplimiento de las Especificaciones Medioambientales de Construcción será realizado por el Técnico de Medio Ambiente de Construcción asignado a este proyecto. Durante la fase de obra se llevará a cabo un seguimiento y vigilancia de los aspectos medioambientales de las obras, que se extenderá temporalmente una vez acabada ésta, de forma que se pueda garantizar la aplicación y correcto funcionamiento de las medidas correctoras ejecutadas.

El comienzo de este seguimiento ambiental será anterior al replanteo de los apoyos, con el objeto de poder introducir criterios medioambientales en esta fase previa.

El promotor establece los siguientes controles y seguimientos: control a los contratistas, control de las áreas de actuación, mantenimiento de maquinaria, gestión de residuos, control de suelos contaminados, control de la afección a la fauna, control de la finalización de las fases de obras, protección de patrimonio arqueológico, control del replanteo de accesos, control de la retirada y acopio de tierra vegetal, control de los movimientos de tierras, control de la red de drenaje superficial, control en la poda/corta de arbolado, control del montaje e izado de los apoyos, control de apertura de calles, control de tendido de conductores y cables de tierra, control de la instalación de salvapájaros y control de la ejecución de las medidas de mejora ambiental.

Se redactarán informes durante el seguimiento de la obra realizada. La periodicidad de estos informes será la que se acuerde con las autoridades ambientales.

5. Condiciones al proyecto

Con el fin de complementar las medidas preventivas y correctoras establecidas por el promotor, y garantizar la conservación de los elementos del medio, el proyecto constructivo deberá incluir los siguientes condicionantes:

5.1 Protección de la atmósfera.–Durante la fase de construcción y desmantelamiento se garantizará que la maquinaria empleada ha superado las inspecciones técnicas correspondientes y se dotarán de los medios necesarios para minimizar el ruido, evitando niveles superiores a los establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

5.2 Protección del ámbito fluvial.–El proyecto constructivo de la línea eléctrica incorporará un documento individualizado referente a la afección de las actuaciones proyectadas sobre el dominio público hidráulico, contemplando tanto la afección por accesos como la afección por la disposición de los apoyos de la línea y el sobrevuelo de ésta sobre cauces públicos, cuyo contenido se adecuará al menos a lo previsto en el artículo 127 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), y en todo caso cumplirá lo siguiente:

Los apoyos se dispondrán fuera del Dominio Público Hidráulico de los cauces interceptados y de sus respectivas zonas de servidumbre. Se recomienda además que todos los apoyos se sitúen fuera de zona inundable ante avenidas extraordinarias.

La altura mínima de los conductores sobre el nivel alcanzado por las máximas avenidas se deducirá del Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión.

Durante la construcción y explotación de la línea no se podrá disponer en los cauces obstáculo alguno que dificulte la corriente de los mismos, ni se podrá obstaculizar el paso por la zona de servidumbre de los cauces.

La apertura de vías de accesos se realizará sin afectar a los cauces, evitando la tala de la vegetación ribera y no permitiéndose el vadeo de la maquinaria por el lecho de los cauces.

Se protegerán contra la erosión los taludes que se generen en las inmediaciones de los cauces y no se localizarán las instalaciones auxiliares de obra en las cercanías de los cursos fluviales.

Se construirán barreras de sedimentos para evitar su aporte a los cauces, y por tanto el incremento de sólidos en suspensión.

5.3 Protección del suelo, de la vegetación y de los espacios naturales.–Previo a la redacción de proyecto, se deberá realizar una cartografía de detalle de hábitats y elementos de la flora de interés en las zonas que finalmente resulten directamente afectadas por las actuaciones proyectadas, en especial en las áreas de afección comprendidas entre los vértices V1 y V3 y los vértices V22 y V26 de la línea eléctrica. Una vez efectuado se deberá comunicar a la Consejería de Medio Ambiente para su valoración y aprobación.

No se ubicarán apoyos en las formaciones con presencia de hábitats naturales de interés comunitario, incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, especialmente sobre los hábitats de interés comunitarios prioritarios (*) 1520 Tomillares gipsícolas mesomediterráneos guadijeño-bacenses en el vértice V04, y el hábitat 6220 Pastizales anuales, majadales y lastonares en los vértices V30 y V33. Por lo tanto los apoyos de la línea eléctrica se ubicarán fuera de los límites de los espacios Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos tanto a nivel nacional como Autonómico.

Para acceder a las bases de los apoyos, se aprovecharán los caminos existentes evitando al máximo la apertura de nuevos accesos. En caso de que se requiera la apertura de nuevos caminos de acceso se comunicará al órgano competente de la Junta de Andalucía.

La circulación de la maquinaria de obra, así como el transporte de materiales, debe realizarse exclusivamente por el interior de los límites de ocupación de la zona de obras o sobre los itinerarios de acceso reservados a tal efecto.

Durante las tareas de eliminación de vegetación para la instalación de la línea se limitará el desbroce y la corta de arbolado autóctono a lo estrictamente necesario. En aquellos casos en que la corta de árboles o desbroces sea inevitable, ésta se realizará con motosierra y no con maquinaria pesada, para poder realizar los trabajos de manera selectiva. El apeo será siempre dirigido para no afectar al resto de la vegetación.

En los casos en que el vano resultante no permitiera sobrevolar las zonas de vegetación de interés, se procederá a la sobreelevación de los apoyos, especialmente en las siguientes zonas:

Encinares, formaciones dominadas por la encina en las siguientes alineaciones: V30, V31, V34, V35, V37, V41 y V42.

Vegetación de ribera: formaciones de sauce, taray y chopos con otras especies ripícolas, entre las alineaciones:

V4, río Baza.

V6, río Castril.

V11, río Guadalentín.

V20, río Guadiana.

V24, río Frades.

V34, río Cubillas.

V43, río Cubillas.

V44, río Colomera.

Zonas de interés para la flora: V22 a V26.

Cualesquiera otras que sean precisas y que se verificarán en la fase de proyecto cuando se conozca la situación definitiva de todos los apoyos.

Las zonas de acopio de materiales serán las mínimas posibles, utilizarán la mínima extensión y estarán bien delimitadas, quedando alejadas de las zonas de valor ambiental próximas al trazado de la línea.

La propuesta de restauración vegetal de las superficies alteradas por las actuaciones proyectadas alcanzará todas las superficies afectadas por las obras ejecutadas (accesos provisionales, campa para el montaje e izado de apoyos, áreas de maniobra, instalaciones auxiliares, etc.), así como aquellas que pudieran resultar afectadas como consecuencia de las labores de tránsito de los transportes o maquinaria empleadas.

Se diseñará un programa de prevención y extinción de incendios específico para el proyecto acorde con el Plan Especial de Prevención de Incendios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El proyecto de construcción incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme indica el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Los excedentes de excavación, escombros y hormigón se gestionarán en vertedero autorizado.

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía establece la siguiente condición relativa a los montes públicos: entre los vértices V10 y V11 la línea proyectada requiere, conforme a lo establecido en el Reglamento Forestal de Andalucía, obtener autorización de la Consejería de Medio Ambiente para la ocupación del monte público Monte del Pueblo de Zújar (GR-30048-CAY, 10A del CUP) y del Ayuntamiento de Cuevas del Campo, previo informe favorable de la Consejería de Medio Ambiente, para la ocupación del Monte del Pueblo de Cuevas del Campo (GR-70011AY).

5.4 Protección de la fauna.–Se realizará una prospección previa a los desbroces, talas, movimientos de tierra y al montaje de los apoyos para la detección de nidos y de refugios de fauna. Si se detectase un nido de una especie protegida, se respetaría en todo caso. Estos controles serán especialmente exhaustivos en las zonas esteparias, donde se encuentran especies que nidifican en el suelo.

Los trabajos se efectuarán fuera del periodo comprendido entre los meses de marzo y julio, con el fin de evitar la época de reproducción y cría de las aves de interés identificadas en el área de estudio. Si como resultado de la prospección faunística previa y del desarrollo de los trabajos se concluyera la necesidad de ampliar, reducir o desplazar en el tiempo este calendario, deberá contarse con el visto bueno del órgano competente de la Junta de Andalucía.

La línea eléctrica incorporará las medidas correctoras de antielectrocución y anticolisión previstas en el Decreto 178/2006, de 10 de octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas de alta tensión. Se implementarán medidas específicas anticolisión en los siguientes tramos:

V1 a V5 que discurre por la ZIAE e IBA Hoya de Baza.

V5 a V7 por abundancia de aves acuáticas en la confluencia del río Castril con el embalse del Negratín.

V25 a V26+500, zona de cría de águila real en las alineaciones.

V18 y V20, alineación de cruce sobre la Hoya de Guadix.

V30 a V41 por presentar un área de dispersión de juveniles de águila perdicera y por la presencia de sisón común.

V33 a V33+640 zona de cría de cernícalo primilla que coincide parcialmente con el área prioritaria para las aves según el RD 1432/2008 entre los vértices V33 y V41.

V43 a V47 por la abundancia de áreas de nidificación de diversas rapaces.

Se seguirán las prescripciones recogidas en el Plan de Recuperación y Conservación de las especies de fauna amenazadas en Andalucía y en el Plan Andaluz de Conservación de la Biodiversidad.

5.5 Protección del paisaje.–Se cumplirán los requerimientos de la legislación en materia de protección del paisaje que le sean de aplicación.

Se inutilizarán u obstacularizarán caminos y pistas, que puedan conducir a zonas de interés ecológico y paisajístico, de acuerdo con el órgano ambiental competente.

Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por el trazado que deberá contemplar todas las superficies afectadas por las obras incluyendo los accesos provisionales, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo su cronograma y financiación.

5.6 Protección de las vías pecuarias.–El promotor queda obligado a la solicitud de la pertinente ocupación de las vías pecuarias afectadas por el sobrevuelo de la línea eléctrica. El cruzamiento de la línea eléctrica con las vías pecuarias será en todo caso sensiblemente perpendicular, no autorizándose en ningún caso ocupaciones longitudinales. No se podrán instalar apoyos de la línea eléctrica dentro de los límites del dominio público de la vía pecuaria.

5.7 Protección del patrimonio.–Se determinará un control y seguimiento durante la realización de todas las obras, en la cual un arqueólogo supervisará con detenimiento la remoción y extracción de tierras. Si durante los diferentes trabajos de ejecución del proyecto apareciera algún yacimiento, hallazgo o indicios de los mismos, que pudieran tener un significado arqueológico o paleontológico de importancia, la empresa responsable de las obras deberá paralizar cautelarmente las labores que puedieran suponer afección a los restos y/o a las evidencias de estos y remitirá, de forma inmediata, a los órganos competentes un informe de hecho para su valoración y determinación de si procede la realización de una excavación de urgencia. En todo caso la actividad no se reanudará en dicho punto hasta que no lo comunique el órgano competente de la Junta de Andalucía.

5.8 Condiciones para el seguimiento ambiental.–El estudio de impacto ambiental contiene un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el mismo; así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas.

Se designará a un responsable, con cualificación técnica adecuada, de la ejecución del programa de vigilancia y, en su caso, el equipo técnico que se considere necesario para desarrollarlo adecuadamente. Será necesario la presencia de un técnico ambiental, a cargo del promotor, durante el periodo de ejecución de la obra, incluida la fase de restauración ambiental, especialmente en aquellos tramos que requieren una supervisión especial.

Se realizarán una serie de controles previos a la ejecución del proyecto y se establecerán labores de vigilancia durante la fase de obras, en los que se realizará un seguimiento del cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras del estudio de impacto ambiental y de la declaración de impacto ambiental.

Para realizar el seguimiento de los efectos de la colisión y/o electrocución de la avifauna en el tendido eléctrico se diseñará un programa de vigilancia específico para estimar el grado de afección de la línea sobre las aves, en especial aquellas que gozan con algún grado de protección, como pueda ser el águila azor perdicera, cernícalo primilla, buitre leonado y halcón peregrino, que deberá especificar y justificar la metodología de estudio empleado, así como los resultados obtenidos del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas y el índice de colisión y/o electrocución por especie.

Los informes del PVA, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Línea eléctrica a 400 kV Baza-Caparacena (Jaén-Granada), concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa 6 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 21 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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