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JUSTIFICACIÓN
Al amparo del art. 12.1 e) del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Especial de Seguridad Social del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, del artículo 105 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial y del R.D. 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial, esta Gerencia ha resuelto aprobar la siguiente convocatoria de ayudas para el año 2012.
1. Programas y modalidades de ayudas
Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:
a) Programa de atención a personas mayores.
b) Ayudas para actuaciones de podología básica y para termalismo social para mayores.
c) Programa de atención a personas con discapacidad y programa de atención a drogodependientes.
2. Normas de aplicación a cada programa y ayuda
a) La norma de aplicación del Programa de atención a personas mayores está contenida en la Resolución de 3 de diciembre de 2002 (BOE 19/12/2002), Resolución de 5 de diciembre de 2007 (BOE 19/12/2007) y Resolución de 22 de diciembre de 2008 (BOE 03/01/2009).
b) La norma de aplicación de las Ayudas para actuaciones de Podología Básica y para Termalismo Social para mayores, está contenida en la Resolución de la Mutualidad General Judicial de 10 de diciembre de 2009 (BOE 26/12/2009), en el punto I.
c) La norma de aplicación del Programa de atención a personas con discapacidad y del Programa de atención a drogodependientes, está contenida en la Resolución de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial de 12 de junio de 2008 (BOE 04/07/2008).
3. Plazo de presentación de la solicitudes
El plazo de presentación de las ayudas que comprende esta resolución, será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.
4. Normas finales
4.1 Todos los impresos normalizados necesarios para solicitar y obtener estas ayudas, estarán disponibles en los Servicios Centrales y en las Delegaciones Provinciales de la Mutualidad General Judicial, así como en la página Web (www.mugeju.es).
4.2 La presente Resolución de convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
4.3 Esta resolución tendrá efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.
Madrid, 1 de diciembre de 2011.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.
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