Visto el expediente de indulto de don David Coso Pérez, condenado por el Juzgado de Instrucción número 4 de L’Hospitalet de Llobregat, en sentencia de 1 de mayo de 2008, como autor de un delito de robo con violencia en grado de tentativa, a la pena de diez meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,
Vengo en conmutar a don David Coso Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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