El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordados por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.
La implantación de las enseñanzas oficiales viene regulada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 3), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y por el Decreto 11/2009, de 20 de enero, de implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctorado.
El Consejo de Universidades del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.7 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y una vez recibido el informe de evaluación de ANECA, Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, resuelve verificar positivamente la propuesta de enseñanzas del Máster Universitario en Enología Innovadora, presentada por la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
El Real Decreto 861/2010, de 2 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 3), en el artículo 26.3, establece que una vez que el Gobierno haya aprobado el carácter oficial del título, el Rector de la Universidad ordenará publicar el plan de estudios en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Diario Oficial de la correspondiente comunidad autónoma.
Mediante Orden de 1 de diciembre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» del 19 de enero de 2011, se autoriza la implantación de enseñanzas oficiales de Másteres Universitarios de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 1 de julio de 2011, publicado mediante Resolución de 11 de julio de 2011 de la Secretaría General de Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto de 2011), se establece el carácter oficial de los mismos.
Por todo ello, en aplicación del citado artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la redacción dada en el Real Decreto 861/2010, y una vez establecido el carácter oficial del Máster Universitario en Enología Innovadora, resuelvo:
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del plan de estudios del Máster Universitario en Enología Innovadora, que se imparte en la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en los términos que constan en el anexo a la presente resolución.
Leioa, 20 de septiembre de 2011.–El Rector, Iñaki Goirizelaia Ordorika.
Máster Universitario en Enología Innovadora
Estructura y distribución de ECTS (1) del plan de estudios
Tipos |
Total |
---|---|
Obligatorios |
12,00 |
Optativos |
27,00 |
Practicas Externas |
6,00 |
Trabajo Fin de Máster |
15,00 |
Total |
60,00 |
Asignaturas
Denominación |
ECTS (1) |
Carácter |
Duración |
Especialidad |
Módulo |
---|---|---|---|---|---|
Bases Metodológicas de la Cata de Vino y Clasificación Sensorial de los Modelos de Producción |
3,00 |
Obligatorio. |
Mensual. |
– |
– |
Dirección estratégica, Marketing del vino y análisis de la preferencia del consumidor |
3,00 |
Obligatorio. |
Mensual. |
– |
– |
Impactos de la viticultura en las características sensoriales del vino |
3,00 |
Obligatorio. |
Mensual. |
– |
– |
Impactos sensoriales de la enología |
3,00 |
Obligatorio. |
Mensual. |
– |
– |
Acreditación de métodos sensoriales |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Análisis y Control Enológico |
4,50 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Comercio Internacional del Vino |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Dirección comercial y Marketing Avanzado y su integración con la preferencia del consumidor |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Diseño experimental y tratamiento de estadístico de datos sensoriales |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Economía y Estructura-Legislación y Ordenación del Sector Vitivinícola |
4,50 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Enología de Precisión y Vinos de Alta Gama |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Manejo y Protección del viñedo |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Métodos y aplicaciones con paneles entrenados |
4,50 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Nuevas Tendencias en Enología |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Nuevas Tendencias en Viticultura |
3,00 |
Optativo. |
Mensual. |
– |
– |
Prácticas integradas en Viña e Indicadores de producción |
3,00 |
Optativo. |
Anual. |
– |
– |
Prácticas Externas |
6,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
– |
– |
Trabajo Fin de Máster |
15,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
– |
– |
Complementos de Formación: En función de la formación previa acreditada por el estudiante, se podrá exigir la realización de alguna de las siguientes asignaturas
Denominación |
ECTS (1) |
Carácter |
Duración |
Especialidad |
Módulo |
---|---|---|---|---|---|
Fundamentos del análisis sensorial |
3,00 |
Complemento Formativo. |
Mensual. |
– |
– |
Bases fisiológicas y ambientales de la producción y composición de la uva |
3,00 |
Complemento Formativo. |
Mensual. |
– |
– |
Fundamentos enológicos |
3,00 |
Complemento Formativo. |
Mensual. |
– |
– |
Finanzas básicas pero no financieras en empresas vitivinícolas |
3,00 |
Complemento Formativo. |
Mensual. |
– |
– |
(1) ECTS: European Credit Transfer System.
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