Contido non dispoñible en galego
Por Resolución de 27 de abril de 2010, la Consejería de Educación de la Comunitat Valenciana (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana de 30) convocó procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Subsecretaria de la Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Comunitat Valenciana por Resolución de 4 de octubre de 2011 (D.O.C.V. de 28), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 17 de septiembre de 2010 (D.O.C.V. de 7 de octubre).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010 de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Comunitat Valenciana este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 27 de abril de 2010, que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Segundo.–Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2011.
Tercero.–La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 2 de diciembre de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid