Advertidos errores en la publicación de la Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que desarrolla el capítulo III del título II del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, y la determinación de los importes de la garantía de operador que se vinculan a las licencias singulares correspondientes a los distintos tipos de juego (BOE n.º 278, de 18 de noviembre de 2011), se procede a efectuar las oportunas correcciones:
En la página 119485, apartado décimo. Ejecución. Letra b), donde dice: «La cuantía de la garantía a incautar y», debe decir: «La cuantía de la garantía.».
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