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Documento BOE-A-2011-2599

Acuerdo 4/2011, de 13 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se adecua el bien de interés cultural denominado "Ermita de Santa María de la Vega" en Toro (Zamora), en la categoría de monumento, delimitando su entorno de protección y los bienes muebles afectados por la declaración.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2011, páginas 14507 a 14508 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-2599

TEXTO ORIGINAL

La Ermita de Santa María de la Vega, conocida como la «Ermita del Cristo de las Batallas» perteneció a la orden de San Juan de Jerusalén, aunque su origen pudiera corresponder a una época anterior, su construcción es obra de mediados del siglo XII y constituye un singular ejemplo del llamado foco mudéjar toresano.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la «Ermita de Santa María de la Vega» en Toro (Zamora), declarada monumento por Real Orden de 4 de julio de 1930, está considerada bien de interés cultural.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y a fin de adecuar la declaración anteriormente mencionada a las prescripciones impuestas en la citada ley, la Dirección General de Patrimonio Cultural por Resolución de 29 de julio de 2008, incoa procedimiento de adecuación del Bien de Interés Cultural denominado «Ermita de Santa María de la Vega» en la categoría de monumento, delimitando un entorno de protección y los bienes muebles afectados por la declaración.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida adecuación. Habiéndose solicitado informe a la Universidad de Segovia y a la Universidad de Salamanca, transcurridos tres meses desde la solicitud sin que estos se hayan emitido, se entienden dichos informes favorables en aplicación del mencionado artículo del Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentaron alegaciones.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto adecuar el Bien de Interés Cultural denominado «Ermita de Santa María de la Vega» en Toro (Zamora), en la categoría de monumento delimitando su entorno de protección y los bienes muebles afectados por la declaración, y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la adecuación y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de enero de 2011, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.–Adecuar el bien de interés cultural denominado «Ermita de Santa María de la Vega» en Toro (Zamora), en la categoría de Monumento, delimitando su entorno de protección y los bienes muebles afectados por la declaración.

Segundo.–Se incluyen en la presente declaración el conjunto de bienes que, como bienes muebles, partes integrantes, pertenencias o accesorios, se relacionan en el expediente y se corresponden con los siguientes números del inventario de la iglesia católica:

Número Inv. IIC:

IIC-49-219-003-0001-000.

IIC-49-219-003-0003-000.

IIC-49-219-003-0004-000.

IIC-49-219-003-0005-000.

IIC-49-219-003-0007-000.

IIC-49-219-003-0007-001.

IIC-49-219-003-0007-002.

IIC-49-219-003-0007-003.

IIC-49-219-003-0007-004.

IIC-49-219-003-0007-005.

IIC-49-219-003-0007-006.

IIC-49-219-003-0008-000.

IIC-49-219-003-0008-001.

IIC-49-219-003-0008-002.

IIC-49-219-003-0008-003.

IIC-49-219-003-0008-004.

IIC-49-219-003-0008-005.

IIC-49-219-003-0008-006.

IIC-49-219-003-0009-000.

IIC-49-219-003-0009-001.

IIC-49-219-003-0009-002.

IIC-49-219-003-0009-003.

IIC-49-219-003-0009-004.

IIC-49-219-003-0009-005.

IIC-49-219-003-0009-006.

IIC-49-219-003-0010-000.

IIC-49-219-003-0011-000.

Tercero.–Delimitación del entorno de protección: El entorno de protección que se delimita se configura por la totalidad de las parcelas que a continuación se relacionan: Parcelas 00677,00676, 00645, 00590, 00647, 00648, 00650, 00649,00674 y 00675 del polígono 003.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente tramitado al efecto.

Motivación: Teniendo en cuenta la ubicación exenta del Monumento, se delimita un entorno de protección en un ámbito que garantice suficientemente la correcta percepción del bien objeto del expediente en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación de su valor.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 13 de enero de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, María José Salgueiro Cortiñas.

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