Por Orden TIN/1130/2009, de 29 de abril («Boletín Oficial del Estado» del día 8 de mayo), se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
Concluidas las pruebas selectivas, por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 17 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial del Estado» del día 2 de enero de 2010), se dio publicidad a la relación de aspirantes que habían superado las mismas. Por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 25 de enero de 2010, se procedió al nombramiento como funcionarios en prácticas del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social de los citados aspirantes.
Esta Secretaría de Estado para la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» del 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración resuelve:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre, del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.–De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.–Los aspirantes destinados a la Comunidad Autónoma de Cataluña deberán tomar posesión de su nombramiento dentro del plazo que la citada Administración Autonómica determine, previa adjudicación del puesto de trabajo a desempeñar.
Cuarto.–Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 7 de febrero de 2011.–La Secretaría de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.
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