Advertido errores en el texto de la Resolución de 10 de enero de 2011 («BOE» de 21-01-2011) por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3339/2008, de 10 de noviembre, en el ámbito de Andalucía, se transcribe a continuación las oportunas rectificaciones:
Donde dice:
«Primero.–Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que corresponda.
Cuarto.–Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Quinto.–Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Orden JUS/2962/2010, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre de 2010), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.»
Debe decir:
Primero.–Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la Delegación del Gobierno correspondiente, dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto.
Cuarto.–Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Quinto.–Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 3 de noviembre de 2010 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre de 2010), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente de la Consejería de Gobernación y Justicia, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.»
Sevilla, 24 de enero de 2011.–La Directora General de Oficina Judicial y Cooperación, Ana M.ª Moniz Sánchez.
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