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Documento BOE-A-2011-4516

Orden ITC/501/2011, de 8 de marzo, por la que se modifica la Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, por la que se prorroga para 2011, la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002, del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2011, páginas 27619 a 27620 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-4516
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/03/08/itc501

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, prorroga para 2011 la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón. Las subvenciones que se concedan quedarán supeditadas a la observancia y cumplimiento de lo previsto en la Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre de 2010, relativa a las ayudas estatales destinadas a facilitar el cierre de minas de carbón no competitivas, y las cantidades percibidas por las empresas se considerarán como pagos a cuenta de la subvención que con carácter definitivo se apruebe a su amparo.

Esta medida excepcional adoptada con el fin de favorecer la supervivencia de las empresas mineras del carbón y el mantenimiento del empleo en las regiones del sector es, sin embargo, insuficiente, habida cuenta de los problemas de ajuste en los resultados de la actividad de las empresas mineras, que tiene su origen en la interrupción de las compras de carbón por parte de las empresas eléctricas desde junio de 2009, lo que ha privado de los ingresos por facturación térmica a los productores de carbón y, por consiguiente, de la liquidez suficiente para afrontar los gastos fijos y variables, así como los servicios mínimos de mantenimiento. Aunque se espera que en breve plazo se restablezcan los suministros a las centrales eléctricas y las producciones de carbón térmico, el déficit acumulado en los primeros meses del año 2011, en los que no se ha producido venta de carbón, se verá incrementado por la necesidad de afrontar el pago de las deudas adquiridas y de financiar el circulante en los primeros meses de puesta en marcha del mecanismo de resolución de restricciones por garantía de suministro, no siendo probable que se recupere en las empresas el nivel de déficit acorde con la subvención prevista, hasta el mes de septiembre.

Vista la dificultad de encontrar financiación en el sector privado, precisamente por la penosa situación que atraviesa el sector carbonero, ya altamente endeudado, se establece exclusivamente para el ejercicio 2011 la posibilidad de un pago parcial anticipado, con los límites y condiciones que se señalan, de modo que se pueda paliar, siquiera en parte, la situación deficitaria y las empresas privadas puedan soportar, al menos, los costes que siendo inherentes a la subvención resultan imprescindibles para el desarrollo de la actividad minera y el mantenimiento del empleo.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, por la que se prorroga para 2011 la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

Se añade un apartado 6 al artículo único de la Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, por la que se prorroga para 2011 la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón, con la siguiente redacción:

«Exclusivamente para el ejercicio 2011, el abono de la ayuda pendiente se hará parcialmente efectivo mediante un pago anticipado que cubra el importe de la subvención prevista hasta el mes de septiembre, siempre que no se supere el 80 por ciento del importe total de la ayuda y se cumplan los requisitos legales para el cobro de la subvención. El pago correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre se efectuará una vez adoptada la resolución de concesión definitiva a que se refiere el apartado anterior.»

Disposición transitoria única. Aplicación a la convocatoria de 2011.

El régimen de pago de la subvención que se aprueba mediante la presente modificación normativa será aplicable a las solicitudes de las empresas privadas ya presentadas a la entrada en vigor de esta orden, al amparo de la Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se convocan las ayudas a la industria minera del carbón para el ejercicio de 2011, destinadas a cubrir las pérdidas de la producción corriente de las unidades de producción.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de marzo de 2011.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/03/2011
  • Fecha de publicación: 11/03/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/2011
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. único de la Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19623).
Materias
  • Ayudas
  • Carbón
  • Empresas
  • Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
  • Minas
  • Subvenciones

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