Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-4613

Resolución de 24 de febrero de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Apertura de caminos de acceso a los parajes de La Solana y Monte Redondo en los términos municipales de Paymogo y Puebla de Guzmán, Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2011, páginas 27873 a 27878 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-4613

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto se encuentra encuadrado en este supuesto por poder afectar al lugar Natura 2000 LIC ES6150010 Andévalo Occidental y, encontrarse en el apartado n, del grupo 9, del referido anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El ámbito geográfico del proyecto, es el entorno del embalse de Andévalo, en los términos municipales de Paymogo y Puebla de Guzmán, ya que al construirse este, su inundación dejó por debajo de la cota de máximo embalse los caminos de acceso a los parajes denominados por La Solana y Monte Redondo, quedando por tanto estos aislados sin posibilidad de acceso.

Para asegurar el acceso a dichos parajes, la confederación ha expropiado el terreno necesario para la construcción de sendos caminos alternativos, lo que constituye el objeto de este proyecto. Para ello se llevarán a cabo una serie de tratamientos selvícolas, obras de fábrica y marcos prefabricados, construcción de badenes y vallado e instalación de accesos. En la actualidad, la zona se caracteriza por presentar un paisaje dominado por dehesa de encina con un estrato arbustivo constituido por jara.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 11 de mayo de 2010, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe la documentación ambiental del proyecto.

Con fecha 21 de junio de 2010, se remite desde la Confederación Hidrográfica del Guadiana, un informe procedente de la Consejería de Medio Ambiente, Delegación Provincial de Huelva, en el que se insta a que el proyecto sea tramitado conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, siendo necesario la Autorización Ambiental Unificada.

Con fecha 19 de octubre de 2010, se remite desde la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la documentación necesaria para realizar las preceptivas consultas. Con fecha 26 de octubre de 2010, se remitieron las consultas a los organismos relacionados en el siguiente cuadro, marcándose con una «X» aquellos que emitieron respuesta:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Paymogo

Ayuntamiento de Puebla de Guzmán

_

Confederación Hidrográfica del Guadiana del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

X

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

X

Delegación del Gobierno en Andalucía

WWF/Adena

Seo/Birdlife

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino estima que el proyecto no tendrá repercusiones sobre espacios Red Natura 2000, siempre y cuanto se cumpla por parte del promotor, además de lo recogido en la documentación facilitada, las medidas propuestas por este organismo.

La Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía no estima necesario realizar informe técnico al respecto del proyecto remitido al no concretarse afección patrimonial alguna.

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía informa que las actuaciones propuestas no generan una gran afección a los valores por los que fue declarado el LIC, incluyendo no obstante, una serie de consideraciones al proyecto. Además, se informa de que la actuación se encuentra expresamente incluida en el epígrafe 7.11 del Anexo I de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, por lo que resulta preceptivo someterla al procedimiento de Autorización Ambiental Unificada.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. Para asegurar el acceso a los parajes de La Solana y de Monte Redondo, se llevará a cabo la apertura de dos caminos que permitan el acceso a estos parajes, para ello se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

1. Camino de La Solana: Se construirá un camino que de acceso a dicho paraje de unos 3.046 metros de longitud. Este camino consta de dos tramos. El primer tramo discurre durante 2.290 metros paralelo al vallado de linde perimetral de la finca La Romanera, con una anchura de 5 metros de plano de rodadura y 0,5 metros de cuneta a ambos lados. Se instalará una malla cinegética 2007/17/30 en el otro lado del camino, quedando el mismo confinado entre los cerramientos e instalando cancelas de paso a las fincas colindantes. El segundo tramo tiene la pendiente máxima de todo el trazado, correspondiente al 21,62% en 74,24 metros. Para ello se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

Tratamientos selvícolas y eliminación de residuos: Se realizará una roza manual y selectiva de los márgenes por donde circula el camino, y se apearan y eliminarán las encinas afectadas por la «seca», dando una poda de formación y saneamiento a aquellas cuyas ramas bajas afecten a las traza del camino.

Apertura de un nuevo camino en terreno tránsito: Se eliminará mediante motoniveladora la primera capa de tierra vegetal de un espesor entre 10 y 20 cm, retirándola fuera del área de ocupación de la obra. Se procederá al desmonte y terraplenado del camino, realizando el perfilado y refino de los taludes y se construirá una base de rodadura de 4 m de anchura con el material presente en la zona.

Obras de fábrica y marcos prefabricados: En aquellos casos en los que la traza del carril se cruce con corrientes de agua, continúas o discontinuas, se proyectan obras de desagüe de sección suficiente para evitar que el agua erosione la explanación o humedezca en exceso. A tal efecto se construirán pasos de agua con obras de fábrica de 80 cm de diámetro, y con marcos prefabricados de 2x1.

Construcción de badenes: Para proteger aquellas posibles zonas del trazado de carril que son propensas al estancamiento de agua tras periodos de lluvias, se ha previsto la construcción de badenes de hormigón armado con un mallazo electrosoldado de 150x150x8, así como una capa de 5 cm de hormigón de limpieza. En total se pretender construir siete badenes en la traza del camino.

Vallado e instalación de accesos: Al discurrir el trazado del camino paralelo al vallado de linde perimetral del Cortijo La Romanera, será necesario desmontar 24 metros de vallado y cuatro cancelas transversales a la construcción del nuevo camino. Una vez efectuado el camino se instalará un nuevo vallado de malla cinegética de unos 3.050 metros, así como cuatro nuevas cancelas.

2. Camino Redondo: Se construirá un camino que de acceso a dicho paraje de unos 3.284 metros de longitud. El trazado parte de la carretera Paymogo-Puebla de Guzmán, y discurre paralelo al vallado del linde perimetral la finca el Tamujoso, pasando por el cerro Buitres, con una anchura de 4metros de plano de rodadura y 0,5 metros de cuneta. Se instalará una malla cinegética 2007/17/30 en el otro lado del camino, quedando el mismo confinado entre los cerramientos e instalando cancelas de paso a las fincas colindantes. La pendiente máxima de todo el trazado, es del 19,91% en 40,70 metros. Para ello se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

Tratamientos selvícolas y eliminación de residuos: Se realizará una roza manual y selectiva de los márgenes por donde circula el camino, y se aplicará una poda de formación y saneamiento a las encinas y alcornoques cuyas ramas bajas afecten a las traza del camino.

Apertura de un nuevo camino en terreno tránsito: Se eliminará mediante motoniveladora la primera capa de tierra vegetal de un espesor entre 10 y 20 cm, retirándola hasta fuera del área de ocupación de la obra. Se procederá al desmonte y terraplenado del camino, realizando el perfilado y refino de los taludes y se construirá una base de rodadura de 4 metros de anchura con el material presente en la zona.

Construcción de badenes: Para proteger aquellas posibles zonas del trazado de carril que son propensas al estancamiento de agua tras periodos de lluvias, se ha previsto la construcción de badenes de hormigón armado con un mallazo electrosoldado de 150x150x8, así como una capa de 5 cm de hormigón de limpieza. En total se pretender construir 8 badenes en la traza del camino.

Vallado e instalación de accesos: Al discurrir el trazado del camino paralelo al vallado de linde perimetral de la finca El Tamujoso, será necesario desmontar 30 metros de vallado y tres cancelas transversales a la construcción del nuevo camino. Una vez efectuado el camino se instalará un nuevo vallado de malla cinegética de unos 3.314 metros, así como cuatro nuevas cancelas.

Ubicación del proyecto: El ámbito geográfico afectado por el proyecto, es el entorno del embalse de Andévalo. Esta ubicado en los términos municipales de Paymogo y Puebla de Guzmán (Huelva).

Todas las actuaciones se desarrollan en su totalidad dentro del LIC Andévalo Occidental ES6150010. Los hábitats de interés comunitario afectados son los siguientes:

6310 Dehesas perennifolias de «Quercus spp».

6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del «Molinion-Holoschoenion».

92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos («Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae»).

Entre las especies incluidas en el espacio y que pueden estar presentes en el ámbito del proyecto destacan el lince ibérico («Lynx pardina») y la cigüeña negra («Ciconia nigra»), ambas catalogadas como en peligro de extinción en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

Características del potencial impacto: Las actuaciones de creación de nuevos tipos de caminos, producirán en mayor o menor medida, reducciones en la cobertura de al menos tres tipos de hábitats de interés comunitario. Para prevenir las posibles afecciones que se pueden producir sobre la vegetación, el promotor propone realizar labores de desbroce y despeje de la vegetación en aquellas zonas donde sea estrictamente necesario, se eliminarán solamente los pies necesarios para la realización de las obras y los que se encuentren enfermos (encinas afectadas por la seca).

Entre las especies que pueden verse afectadas, por la ejecución del proyecto se encuentra la cigüeña negra, siendo el ámbito de actuación de las obras un hábitat muy representativo para la especie. El aguilucho cenizo y el milano real, están presentes en las zonas de matorral bajo localizadas en el área de actuación, y entre los mamíferos destaca el lince ibérico, siendo el área de actuación parte de la zona de campeo de esta especie.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino propone la realización de una prospección previa al inicio de los movimientos de tierra, para confirmar la presencia de nidos de cigüeña negra, y aves rapaces como el aguilucho cenizo y el milano real.

Las obras para la construcción de los badenes en los cruces de cursos fluviales pueden afectar la fauna asociada, como el sapillo pintojo, el galápago leproso, la nutria o el jarabugo.

Las posibles alteraciones que se produzcan sobre la fauna son en principio de baja intensidad, pueden estar producirse entre otros, por la asimilación de contaminantes o o como consecuencia de atropellos por circulación de maquinaria y vehículos, provocando el cambio de hábitat de alguna especie, o afectando a las pautas de comportamiento. Para evitar las posibles afecciones sobre la fauna, el promotor adaptará el calendario de obras generadoras de ruidos a los periodos de mayor sensibilidad de las especies de interés presentes en las zonas de actuación. Se evitará la destrucción de nidos, madrigueras y refugios que se puedan encontrar en diferentes zonas, así como se evitará realizar las obras desde marzo a julio, y la realización del proyecto en la época de cría de las especies presentes en la zona de actuación. En el caso de detectar algunas de las especies presentes en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas se estará a lo dispuesto por el director ambiental de la obra, con el fin de evitar molestias a las especies faunísticas durante su periodo de reproducción o cría.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal propone la inclusión de un cronograma de obra en el proyecto constructivo, en el que se consideren los periodos de cría de las especies presentes en el ámbito de estudio, es decir, el periodo comprendido entre los meses de febrero y agosto ambos inclusive.

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente considera que el calendario de actuaciones deberá consensuarse previamente a la realización de los trabajos.

La alteración derivada de las distintas acciones impactantes sobre el aire viene producida por la presencia y funcionamiento de la maquinaria, lo que provoca el aumento de nubes de polvo y humos de combustión, además del aumento de ruido. Para evitar estas alteraciones el promotor propone el riego sistemático de todas aquellas superficies que puedan provocar niveles de inmisión elevados, así como la limitación de la velocidad de los vehículos, en concreto de la maquinaria pesada.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal recomienda que se extremen las precauciones en cuanto al movimiento de la maquinaria, limitando la velocidad a 20 km/h en la zona de actuación, como medida preventiva para evitar el atropello de las especies presentes en el ámbito de actuación, con especial atención al lince ibérico.

Los impactos sobre la superficie terrestre y el suelo son variados. Puede producirse una compactación del terreno, así como posibles vertidos de tipo accidental. La apertura de nuevos caminos, provocará cambios en la ocupación del suelo y cambios en los usos del suelo, así como reducciones en la cobertura de al menos tres tipos de hábitats de interés comunitario.

El régimen hídrico podría verse afectado de forma temporal, por posibles vertidos accidentales. Para evitar que se produzca la mínima afección sobre los cursos fluviales próximos, se prohíbe el vertido de materiales de cualquier tipo y la localización de los sistemas auxiliares de obras, en áreas que puedan afectar al sistema fluvial. Las actuaciones que se realicen sobre los cursos de agua se ejecutarán en la época de estiaje.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal establece que tanto para la fase de obra como para la de explotación se tomarán las precauciones oportunas para evitar la generación de incendios. Se tendrá previsto un plan de actuación para extinguir el incendio en caso producirse.

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente considera que se ha de presentar un plan de restauración que evalúe y justifique las actuaciones recogidas, con el fin de evitar procesos erosivos, obstrucción de cauces, mantenimiento de la vegetación y movilidad de la fauna circulante.

Con el fin de minimizar los posibles impactos que se puedan producir tanto en la fase de obra como en la fase de funcionamiento del proyecto, además de cumplir con las medidas descritas por el promotor, se llevarán a cabo las medidas o consideraciones propuestas por los organismos consultados.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el proyecto apertura de caminos de acceso a los parajes de La Solana y Monte Redondo en los términos municipales de Paymogo y Puebla de Guzmán (Huelva), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª de dicha Ley.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 24 de febrero de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid