El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 1 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 605-2011 planteada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, en el recuso de amparo núm. 2223/2004, en relación con el artículo 35 apartado siete. 2 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social por posible vulneración del artículo 24.1 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el recurso de amparo núm. 2223/2004, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de marzo de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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