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Documento BOE-A-2011-4861

Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 1/34/2011, 1/44/2011, 1/46/2011, 1/50/2011, 1/53/2011, 1/59/2011, 1/62/2011, 1/65/2011, 1/81/2011, 1/84/2011, 1/87/2011, 1/90/2011 y 1/96/2011, interpuestos ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección tercera y se emplaza a los interesados en los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2011, páginas 29144 a 29144 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-4861

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, sección tercera, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos números 1/34/2011, 1/44/2011, 1/46/2011, 1/50/2011, 1/53/2011, 1/59/2011, 1/62/2011, 1/65/2011, 1/81/2011, 1/84/2011, 1/87/2011, 1/90/2011 y 1/96/2011, interpuestos, respectivamente, por Parque Solar Apolo II, S.L.; Aj Els Vidals, S.L.; Todo Ener 01, S.L.; Mannerl y Eurogroup, S.L.; Antonio Beneito; Hispasoleo Osuna y otra; Asociación Empresarial Fotovoltaica; Asociación de la Industria Fotovoltaica; Mercantil Bersal 2001 Calidad, S.L.; Grenia, S.L. 2006 y otras; Ibi Solar Fotovoltaica, S.L. y otros; Fotosolarium 30, S.L. y otros; y Valpuren Bañuelo, S.L. y otras; contra el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE 23-11-2010).

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 4 de marzo de 2011.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

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