Visto el expediente de indulto de don Juan José Fernández Abenza, condenado por la Audiencia Provincial de Murcia, sección tercera, en sentencia de 20 de octubre de 2008, como autor de un delito consumado contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 11.590 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de febrero de 2011.
Vengo en conmutar a don Juan José Fernández Abenza la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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