Visto el expediente de indulto de don José Antonio Meléndez Estébanez, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de enero de 2003, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Málaga, sección primera, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de siete años de prisión y multa de 25.000.000 de pesetas con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de febrero de 2011.
Vengo en indultar a don José Antonio Meléndez Estébanez cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid