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Documento BOE-A-2011-5320

Resolución de 11 de marzo de 2011, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 1/83/2011, 1/86/2011 1/89/2011, 1/95/2011, 1/99/2011, 1/101/2011, 1/102/2011, 1/108/2011, 1/114/2011, 1/120/2011, 1/123/2011, 1/124/2011 y 1/126/2011, interpuestos ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección tercera y se emplaza a los interesados en los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2011, páginas 31447 a 31447 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-5320

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos números 1/83/2011, 1/86/2011 1/89/2011, 1/95/2011, 1/99/2011, 1/101/2011, 1/102/2011, 1/108/2011, 1/114/2011, 1/120/2011, 1/123/2011, 1/124/2011 y 1/126/2011, interpuestos, respectivamente, por Mercantil Capri Energía, SL; por Hiza Urbana, SL; por Iger Solar, SL, Originalclau, SL y otras; por Asociación Valenciana de Empresas del Sector de la Energía (Avaesen); Enerclair Electric Production SL, Fotosolarium 6, 13, 14, 15, hasta la 29, SL; por Intermezzo Trading, SL; Appa; Cía Mercantil Son Parc Solutions, SL; Planta Solar Hnos Zaforteza Iglesia y otra; Isf Las Dehesas 7, SLU y otra; Mercantil Arquivolta 21, SL; por Alfonso Gallardo Energías Renovables, SA; y por Valoritzacions Agroramaderes Les Garrigues y otra; contra el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE 23-11-2010).

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 11 de marzo de 2011.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

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