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Documento BOE-A-2011-5322

Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica la prórroga expresa del Acuerdo de encomienda de gestión con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para la realización de determinados reconocimientos médicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2011, páginas 31449 a 31450 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-5322

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y el Director General del Instituto Nacional de la Seguridad Social han suscrito el 29 de diciembre de 2010, la prórroga expresa del acuerdo de encomienda de gestión entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y el Instituto Nacional de la Seguridad Social para la realización de determinados reconocimientos médicos suscrito el 30 de diciembre de 2009.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de febrero de 2011.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, José M.ª Fernández Lacasa.

ANEXO
Prórroga expresa del Acuerdo de encomienda de gestión entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y el Instituto Nacional de la Seguridad Social para la realización de determinados reconocimientos médicos

Madrid, a 29 de diciembre de 2010.

De una parte, don José María Fernández Lacasa, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrado por Real Decreto 320/2010, de 15 de marzo, en representación de la misma y en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 11.2 k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de MUFACE.

De otra parte, don Fidel Ferreras Alonso, Director General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 837/2004, de 23 de abril, en función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le son atribuidas por el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad suficiente y poder bastante para este acto, y,

EXPONEN

Primero.–Que el día 9 de febrero de 2010, fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 3 de febrero de 2010, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, el Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para 2010.

Segundo.–Que en la cláusula séptima del citado Acuerdo de Encomienda de Gestión en la que se fija la vigencia y efecto se establece que, el Acuerdo entró en vigor el 1 de enero de 2010, que tendrá una duración de un año y que podrá ser prorrogado, expresamente, por períodos anuales si no lo denuncia ninguna de las partes con tres meses de antelación a la fecha de su vencimiento.

Tercero.–Por lo que antecede y de conformidad con el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ambas partes suscriben la prórroga expresa del Acuerdo de Encomienda de Gestión durante el año 2011, con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.–Se prorrogan expresamente las cláusulas primera, tercera, quinta, sexta, séptima, octava y novena del Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Mutualidad General de funcionarios Civiles del Estado y el Instituto Nacional de la Seguridad Social para 2010 aprobado por Resolución de 3 de febrero de 2010 (BOE del 9).

Asimismo, se prorroga expresamente la cláusula segunda, salvo lo especificado en el párrafo tercero del punto 4 del apartado B) en lo referente a la realización del número de actividades de reconocimientos médicos a mutualistas de MUFACE que serán, para el año 2011, de 24.000 actividades.

También se prorroga expresamente la cláusula cuarta del referido Acuerdo de Encomienda de Gestión salvo lo referido en el párrafo tercero relativo a la aportación económica de MUFACE que ascenderá, para el ejercicio 2011, a 1.065.740 euros. Asimismo, las partes pactan que el pago de la cantidad antes mencionada se realice a lo largo del primer trimestre de 2011, con el fin de que MUFACE cuente con el tiempo necesario para llevar a cabo la tramitación presupuestaria correspondiente.

Segunda. Vigencia y efectos.–La presente prórroga del Acuerdo de Encomienda de Gestión entre MUFACE e INSS aprobado por Resolución de 3 de febrero de 2010, entrará en vigor el 1 de enero de 2011 y tendrá una duración de un año.

Y, en prueba de conformidad, se suscribe la presente prórroga por los Directores Generales antes citados.–El Director General de Muface, don José M.ª Fernández Lacasa.–El Director General del Instituto Nacional de Seguridad Social, don Fidel Ferreras Alonso.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2011
  • Fecha de publicación: 23/03/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2011
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Encomienda de gestión
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

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