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Documento BOE-A-2011-5445

Orden SPI/637/2011, de 10 de marzo, por la que se clasifica la Fundación Almar y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2011, páginas 32014 a 32015 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-5445

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Almar resultan los siguientes

Hechos

Primero.–Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.–Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Almar.

Fines: Son fines de la Fundación: El apoyo y fomento del tratamiento sanitario, médico, clínico, farmacéutico y de cualquier otro tipo, de la enfermedad denominada Ataxia de Friedrich y de otras enfermedades de las denominadas raras.

Domicilio y ámbito de actuación: Calle Consuelo Guzmán, número 11, de Madrid, CP 28044, y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en las Comunidades Autónomas de Madrid, de Castilla-La Mancha y de Castilla y León.

Fundador: Don Ángel Luis Sánchez Sánchez.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por el fundador.

Desembolso inicial: Siete mil quinientos euros.

Desembolso pendiente: Veintidós mil quinientos euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos Ruiz-Rivas Hernando, el 19 de enero de 2011, con el número 98 de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Doña María Pilar Mejías Hernández.

Vicepresidente: Don Ángel Luis Sánchez Sánchez.

Secretario: Doña María Esther Sánchez Sánchez.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.–Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007 de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Por cuanto antecede, y previo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación Almar cuyos fines de interés general son sanitarios y de asistencia e integración social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 28-1.631.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid,10 de marzo de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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