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Documento BOE-A-2011-5533

Orden EDU/654/2011, de 14 de marzo, de corrección de errores de la Orden EDU/475/2011, de 24 de febrero, por la que a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se integran en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, al personal docente procedente de los Conservatorios Profesionales de Música de Cuenca, Guadalajara y Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2011, páginas 32351 a 32351 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-5533

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la Orden EDU/475/2011, de 24 de febrero, publicada en el («Boletín Oficial del Estado» del 9 de marzo), por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se integran en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a determinado personal funcionario docente procedente de los Conservatorios de Música de Cuenca, Guadalajara y Toledo.

Vista la propuesta de corrección formulada por la citada Consejería de Educación y Ciencia,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–En el anexo de la citada Orden, en la página 26575, donde dice: «especialidad 423 Piano, N.P.R. 1182560146 A0594, Zarate Rodríguez, José, D.N.I. 01125601, fecha de ordenación el Cuerpo 14 de mayo de 2009», debe decir: «… especialidad 412 Fundamentos de Composición».

Segundo.–En la misma página, dejar sin efecto la integración de don Eloy Gracia Prado, en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad 424 Saxofón, con N.R.P. 5197513857 A0594, D.N.I. 051975138, excluyéndole, por tanto, al ser ya funcionario del mismo Cuerpo y especialidad, nombrado por Orden de 27 de octubre de 1993 (BOE de 23 de noviembre).

Tercero.–La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 14 de marzo de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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