Visto el expediente de indulto de doña María Margot Pérez Loaiza, condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección sexta, en sentencia de 19 de octubre de 2009, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de su condena privativa de libertad y multa de 100 euros, por hechos cometidos en el año 2009 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de marzo de 2011,
Vengo en conmutar a doña María Margot Pérez Loaiza la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de marzo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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