Visto el expediente de indulto de don Samuel Jiménez Delgado, condenado por la Audiencia Provincial de Granada, sección primera, en sentencia de 8 de febrero de 2010, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años y un día de prisión, con inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 840 euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2011,
Vengo en conmutar a don Samuel Jiménez Delgado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de abril de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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