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Visto el expediente de indulto de doña María Teresa Bosque Asquerda, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Reus, en sentencia de 5 de diciembre de 2007, como autora de un delito de insolvencia punible en grado de consumación, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y para el ejercicio de la profesión u oficio de dirección y administración de empresas por el mismo periodo de tiempo y multa de veinte meses con una cuota diaria de quince euros, por hechos cometidos en el año 2000 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de abril de 2011,
Vengo en conmutar a doña María Teresa Bosque Asquerda la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de abril de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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