Advertidos errores en el Acuerdo de modificación del artículo 66 y la disposición adicional cuarta del III Convenio colectivo estatal de la madera, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de de 4 de agosto de 2010, en el BOE n.º 201 de 19 de agosto de 2010.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 72878, apartado a) párrafo segundo: «Este procedimiento se tramitará en el plazo de un mes a partir de que las partes den traslado del desacuerdo a la Comisión Mixta del ámbito correspondiente». Dicho párrafo se suprime del apartado a) y se coloca como segundo párrafo del apartado b).
Madrid, 18 de abril de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
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