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Documento BOE-A-2011-8327

Resolución de 26 de abril de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SA la subestación a 400 kV, denominada "Archidona", en el término municipal de Archidona, en la provincia de Málaga y se declara, en concreto, la utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2011, páginas 48372 a 48373 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-8327

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a instancia de Red Eléctrica de España, SA con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes n.º 177, solicitando la autorización administrativa, declaración en concreto de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, S.A. ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose recibido alegaciones.

Resultando que se remite separata del proyecto al Ayuntamiento de Archidona y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe contestación de la que no se desprende oposición al proyecto y en la que se manifiesta que se considera que el uso del suelo pretendido es compatible con la ordenación urbanística. Se da traslado al peticionario que expresa su conformidad al informe técnico emitido.

Resultando que se remite separata del proyecto al Servicio de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Delegación Provincial de Málaga y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Se recibe contestación de la que no se desprende oposición al proyecto y en la que se manifiesta se considera que es compatible con la ordenación territorial y urbanística vigente. Se le da traslado al peticionario que responde que manifiesta su conformidad con dicha respuesta.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 15 de marzo de 2011.

Considerando que la instalación se encuentra incluida en la «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016», aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de mayo de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 13/2003, de 24 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, S.A. la subestación a 400 kV, denominada «Archidona», en la provincia de Málaga, cuyas características principales son:

Configuración: Interruptor y medio.

Tensión: 400 kV.

Tecnología: AIS.

Instalación: Intemperie.

La subestación contará con interruptores de mando unipolar con cámaras de corte en SF6, seccionadores de barra de tipo pantógrafo, seccionadores de línea de tipo rotativo de 3 columnas, seccionadores de aislamiento de tipo rotativo de 3 columnas, transformadores capacitivos de tensión y transformadores de intensidad.

Quedando la disposición de calles y posiciones de la siguiente forma:

Calle 1: Línea Tajo de la Encantada/Línea Caparacena.

Calle 2: Reserva/Reserva.

Calle 3: Reserva/Reserva.

Calle 4: TR1 ADIF/TR2 ADIF.

La finalidad de la subestación es la de reforzar la red de transporte, favoreciendo al mismo tiempo una mejora general de la eficiencia en el transporte, lo que se traduce en una reducción de las pérdidas de la red en el conjunto del sistema peninsular. Adicionalmente, la futura subestación de Archidona dará alimentación a la futura subestación de tracción perteneciente al Administrador de Infraestructuras ferroviarias (ADIF).

De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.8 del Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero, por el que se establece la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008, las dos posiciones de la calle 4 equipadas para transformadores de ADIF, al tratarse de instalaciones cedidas y financiadas por terceros, solo percibirán retribución por costes de operación y mantenimiento.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de abril de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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