El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal exige que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas se haga por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o «Diario Oficial» correspondiente.
La presente disposición ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En su virtud, a fin de dar cumplimiento a los referidos mandatos legales y de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos, dispongo:
Se crea el fichero de datos de carácter personal de los usuarios de un portal de empleo para alumnos de la Escuela Diplomática, que se relaciona en el anexo I de la presente Orden, el cual será notificado ante el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos con las características descritas en dicho anexo, en aplicación del articulo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de los artículos 54 y 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
El titular del órgano responsable del fichero señalado en el anexo adoptará, bajo la superior dirección del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, así como las tendentes a garantizar el honor, la intimidad personal y familiar de las personas físicas y el pleno ejercicio de sus derechos.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos a los afectados por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se realizará conforme a lo previsto en la misma, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2011.–La Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Trinidad Jiménez García-Herrera.
Escuela Diplomática:
Denominación del fichero: Usuarios portal de empleo para alumnos de la Escuela Diplomática.
Finalidad y usos previstos del fichero: Registrar datos de alumnos de la Escuela Diplomática una vez acabado el Master en Diplomacia y Relaciones Internacionales para la búsqueda de empleo.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal: Ex alumnos del Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales.
Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Con el consentimiento previo de los interesados ex alumnos se procederá a la incorporación de los datos disponibles en la Secretaría del Master.
Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Nombre, apellidos, DNI, formación académica, correo electrónico, número de teléfono móvil, siendo el sistema de tratamiento automatizado.
Órgano responsable del fichero: La Escuela Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Paseo de Juan XXIII, 5, 28040 Madrid.
Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Escuela Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Medidas de seguridad: De nivel medio, conforme a la legislación de protección de datos.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid