Visto el texto de la tabla salarial correspondiente al año 2011 del I Convenio Colectivo estatal de Notarios y personal empleado, Código de Convenio número 99018195012010, que fue suscrito con fecha 31 de enero de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la asociación empresarial FEDANE, en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales FES-UGT y COMFIA-CC.OO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de mayo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA N.º 2 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE NOTARIOS Y PERSONAL EMPLEADO
En Madrid, a 31 de enero de 2011, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal de Notarios y personal empleado, constituida por:
De una parte, en representación de FEDANE: Dña. María Pilar de Prada Solaesa, y D. Antonio Pérez-Coca Crespo (en calidad de suplente de D. Juan Manuel Perelló Font).
De otra parte, la representación sindical constituida por Federación Estatal de Servicios UGT, representada por D. José Luis Coulouscou Fernández Villamil, y por COMFIA-CC.OO, representada por D. Enrique Pérez Moratilla.
MANIFIESTAN Y ACUERDAN
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 del convenio colectivo, actualizar la Tabla Salarial con efectos de 1 de enero de 2011, aplicando un 3% (IPC real año anterior). La tabla salarial actualizada se adjunta a la presente Acta.
2. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Los asistentes, leído lo que antecede, hallándolo de conformidad, firman el presente Acta a los efectos oportunos, en lugar y fecha al inicio indicados.
Por FES-UGT.–Por FEDANE.–Por COMFIA-CC.OO.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid