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Documento BOE-A-2012-10021

Real Decreto 1058/2012, de 6 de julio, por el que se indulta a don Miguel Ángel Jiménez Amador.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2012, páginas 53629 a 53629 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-10021

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Jiménez Amador, condenado por el Juzgado Penal número 4 de Pamplona/Iruña, en sentencia de 23 de diciembre de 2010, como autor de un delito de atentado, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; una falta de lesiones, a la pena de 45 días de multa con una cuota diaria de 10 euros; y un falta de lesiones, a la pena de 45 días de multa con una cuota diaria de 10 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio de 2012,

Vengo en conmutar a don Miguel Ángel Jiménez Amador la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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