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Documento BOE-A-2012-10378

Orden SSI/1709/2012, de 23 de julio, por la que se clasifica la Fundación Economía y Salud y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2012, páginas 55109 a 55110 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-10378

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Economía y Salud resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Economía y Salud.

Fines: Los fines fundacionales son los siguientes:

a) Promover la salud, autonomía y calidad de vida de las personas.

b) Impulsar el conocimiento del sector Sanitario y Sociosanitario como sector estratégico en el fomento de la actividad económica.

c) Contribuir a la mejora y reordenación del sector Sanitario y Sociosanitarios para asegurar su sostenibilidad y aumentar su eficiencia y calidad.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación se establece en el paseo de la Castellana, n.º 134, 28046 de Madrid, y el ámbito de actuación será dentro del territorio nacional.

Fundadores: La Fundación Casaverde y la Federación Empresarial de Asistencia a la Dependencia (FED).

Dotación inicial: Cuarenta y cinco mil euros, aportados por las entidades fundadoras.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante la Notario de Madrid, doña Blanca Entrena Palomero, el día 26 de marzo de 2012, con el número 219 de orden de su protocolo, complementada mediante diligencia de fecha 6 de junio de 2012 que incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Fundación Casaverde, representada por don Alberto Luis Giménez Artes.

Vicepresidente: Federación Empresarial de Asistencia a la Dependencia (FED), representada por don José Alberto Echevarría García.

Secretario: AZC Global E Integral de Comunicación, S. L., representada por don Francisco José García Cabello.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Economía y Salud cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y sanitarios, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1682.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 23 de julio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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