El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, en su capítulo III regula el programa de cartas de servicios, disponiendo en su artículo 11.1 que las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas mediante resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté vinculado o adscrito el organismo proponente, previo informe favorable de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.
En su virtud, previo informe favorable de 19 de julio de 2012 de la Agencia de Evaluación y Calidad, he resuelto:
Aprobar la Carta de servicios electrónicos de la Guardia Civil.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 25 de julio de 2012.–El Subsecretario del Interior, Luis Aguilera Ruiz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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