Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a don Carlos Cuervo-Arango Martínez y a don Eduardo Gómez-Acebo Gullón por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra o) del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial con fecha 16 de noviembre de 2011 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«Imponer a don Carlos Cuervo-Arango Martínez, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra o) artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por comunicar a don Eduardo Gómez-Acebo Gullón, información privilegiada relativa a las acciones de ZELTIA, S.A., incumpliendo el artículo 81.2 b) del citado texto legal, una sanción de multa de 120.000 euros (ciento veinte mil euros).
Imponer a don Eduardo Gómez-Acebo Gullón, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra o) artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por adquirir acciones de ZELTIA, S.A., disponiendo de información privilegiada sobre la citada sociedad cotizada, incumpliendo el artículo 81.2 a) del citado texto legal, una sanción de multa de 240.000 euros (doscientos cuarenta mil euros).»
La Resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación no es firme, habiéndose interpuesto frente a la misma recurso en vía judicial.
Madrid, 13 de julio de 2012.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.
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