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Documento BOE-A-2012-11063

Resolución de 19 de julio de 2012, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de certificación del producto fabricado por Wenzhou Haiba Sanitary CO, LTD, con contraseña CGR-8495: grifería sanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 2012, páginas 60012 a 60013 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2012-11063

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Aquagrif, S.L., con NIF.: B60014958 y domicilio social en la Avda. Mare de Déu de Montserrat, 35, nave C1, municipio de Sant Joan Despí, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Wenzhou Haiba Sanitary CO., LTD., en sus instalaciones industriales ubicadas en Luofeng ciudad industrial, distrito de Tangxia, Ruian (China) correspondiente a la contraseña de certificación CGR-8495: Grifería sanitaria.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio LGAI Technological Center, S.A., mediante certificado con clave 12/2748-713, de fecha 4 de mayo de 2012, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 358/1985, de 23 de enero («B.O.E.» 22/03/85), y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («B.O.E.» 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («B.O.E.» 26-4-97). También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Empresa y Empleo,he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación CGR-8495, con fecha de caducidad el 19/07/2014, disponer como fecha límite el día 19/07/2014, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Valor de las características para cada marca y modelo

Marca: AQG.

Modelo: AQG-V-HB 1782.

Sistema de grifos: Superficie horizontal.

Forma de control: Mezclador mono mando lavabo.

Forma de conexión: Exterior monobloc.

Marca: AQG.

Modelo: AQG-V-HB 3582.

Sistema de grifos: Superficie horizontal.

Forma de control: Mezclador mono mando bidet.

Forma de conexión: Exterior monobloc.

Marca: AQG.

Modelo: AQG-V-HB 6782.

Sistema de grifos: Superficie vertical.

Forma de control: Mezclador mono mando baño-ducha.

Forma de conexión: Exterior batería.

Marca: AQG.

Modelo: AQG-V-HB 9782.

Sistema de grifos: Superficie vertical.

Forma de control: Mezclador mono mando ducha.

Forma de conexión: Exterior batería.

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 19 de julio de 2012.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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