Por Resolución de 7 de junio de 2012, de la Directora General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears («Boletín Oficial de las Illes Balears» del 12), en ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 348/2010, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma de Mallorca, se modifica la Resolución de 27 de julio de 2010 («BOIB» de 5 de agosto), en el sentido de cambiar la puntuación obtenida por don Gabriel Ángel Isern Gelabert.
Teniendo en cuenta que con anterioridad a que se dictara la citada sentencia don Gabriel Ángel Isern Gelabert, había superado el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, especialidad educación primaria, puntuación 5,4610, convocado por Resolución de 10 de marzo de 2010, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y que por Orden EDU/3096/2011, de 3 de noviembre («Boletín oficial del Estado» del 17), fue nombrado funcionario de carrera del citado cuerpo y especialidad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Este Ministerio ha dispuesto:
Modificar en el anexo de la Orden EDU/3096/2011, de 3 de noviembre, página 119106, la puntuación obtenida por don Gabriel Ángel Isern Gelabert, debiendo figurar en el Cuerpo de Maestros en la especialidad de educación primaria, Número de Registro de Personal 4307063568 A0597, documento nacional de identidad 043070635, turno 01 y puntuación 7,3628. Por tanto, cambiar el orden dentro de la lista de seleccionados en la citada especialidad, quedando situado entre Ripoll Pons, María Magdalena con una puntuación de 7,3966 y Juan Puigserver, Francisca con una puntuación de 7,2973.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 16 de agosto de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
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