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Documento BOE-A-2012-11520

Resolución de 3 de septiembre de 2012, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 12 de septiembre de 2012, páginas 64426 a 64428 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2012-11520

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria de Defensa, la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y el Viceconsejero de Educación, Universidades e Investigación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, han suscrito, con fecha 8 de agosto de 2012, una Adenda al Convenio de Colaboración para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas.

En cumplimiento del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de dicho Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 3 de septiembre de 2012.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEXO
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, suscrito el 12 de diciembre de 2011, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas

En Toledo, a 8 de agosto de 2012.

REUNIDOS

De una parte, doña Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, de conformidad con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, doña Montserrat Gomendio Kindelan, Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 138/2012, de 13 de enero, por el que se efectúa su nombramiento y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y, de otra, don Tomás García-Cuenca Ariati, Viceconsejero de Educación, Universidades e Investigación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 166/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía y el artículo 6 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

EXPONEN

Primero.

Que el 12 de diciembre de 2011 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como, proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe trimestral a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del Convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los Centros Docentes Militares de Formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del Convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, acordarán una adenda al referido Convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad de Castilla-La Mancha.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que es preciso sean cedidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para impartir en el año 2012 las titulaciones de Formación Profesional de Grado Superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión, de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

El centro concernido es la Academia de Infantería del Ejército de Tierra (ACINF), en Toledo.

Durante el año 2012 se impartirán las titulaciones siguientes:

Especialidad fundamental

Titulación Técnico Superior Formación Profesional

Infantería Ligera

Actividades físico deportivas.

Infantería AC/MZ

Asistencia a la Dirección.

Tercera. Aportaciones.

Le corresponde a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha proporcionar a la Academia de Infantería del Ejército de Tierra el personal docente siguiente:

 

Número

Profesores Técnicos FP

 

Procesos de gestión administrativa

2

Total Profesores Técnicos de FP

2

Profesores Enseñanza Secundaria

 

Administración de empresas

2

Educación física

3

Intervención sociocomunitaria

0

Total Profesores Secundaria

5

Profesores Formación y Orientación Laboral

1

Total Profesores FOL

1

Profesores de idioma Inglés

 

Total Profesores idioma Inglés

2

Total Profesores Castilla-La Mancha

10

De estos profesores uno desempeñaría las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y dos las de Jefes de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 12 de diciembre de 2011.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El Ministerio de Defensa aportará la cantidad de cuatrocientas setenta y un mil doscientos quince euros con cuatro céntimos (471.215,04 euros) para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2012.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad de Castilla-La Mancha de acuerdo con la cláusula sexta del Convenio de Colaboración de 12 de diciembre de 2011.

La cuenta justificativa deberá acompañarse de la certificación de los gastos ejecutados, junto con la designación formal del personal, certificación con las funciones y tiempo de desempeño.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda surtirá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.

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