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Documento BOE-A-2012-12108

Resolución de 10 de agosto de 2012, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de los programas de refuerzo, orientación y apoyo (Proa) y de reducción del abandono temprano de la educación y la formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2012, páginas 68767 a 68768 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-12108

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Extremadura, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración para el desarrollo de los programas de refuerzo, orientación y apoyo (Proa) y de reducción del abandono temprano de la educación y la formación, en el año 2012, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda.

Madrid, 10 de agosto de 2012.–El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, Alfonso González Hermoso de Mendoza.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DE LOS «PROGRAMAS DE REFUERZO, ORIENTACIÓN Y APOYO (PROA)» Y DE «REDUCCIÓN DEL ABANDONO TEMPRANO DE LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN»

En Madrid, a 7 de agosto de 2012.

REUNIDOS

De una parte, D. José Ignacio Wert Ortega, como Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en virtud del Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Dña. Trinidad Nogales Basarrate, como Consejera de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 21/2011, de 8 de julio, actuando en ejercicio de las facultades que le confiere la delegación de firma acordada por el Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, con fecha de 29 de julio de 2011, de conformidad con el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y facultada para la firma de esta Adenda por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2012.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Uno.

Que con fecha 29 de noviembre de 2011, el entonces Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron un convenio para el desarrollo de los «Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo (PROA)» y de «Reducción del Abandono Temprano de la Educación y la Formación», en el año 2011.

El apartado segundo de la cláusula quinta del convenio determinaba que las actuaciones descritas en el Anexo II, dirigidas a la disminución del abandono temprano de la educación y la formación deberían estar finalizadas antes del 31 de agosto de 2012. Asimismo, en la cláusula décima se establecía que el convenio tiene carácter indefinido, pudiendo ser renovado o modificado con carácter expreso, mediante documento al efecto.

Dos.

Una vez iniciado el desarrollo de los programas, y teniendo en cuenta que los años 2011 y 2012 han sido unos ejercicios caracterizados por la múltiples dificultades económicas y de gestión, ambas partes valoran que la garantía de calidad de las actuaciones que son objeto del Anexo II del convenio exige la ampliación de su período de desarrollo, y, en consecuencia, la modificación del plazo de ejecución previsto en el texto inicial del convenio.

De conformidad con lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir una Adenda al Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Vigencia del Convenio

Se modifica el apartado segundo de la cláusula quinta, quedando en los siguientes términos:

«Las actuaciones descritas en el Anexo II, dirigidas a la disminución del abandono temprano de la educación y la formación deberán estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2012.»

Y en prueba de conformidad firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.–Por la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

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