Mediante la Orden 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo se crea el fichero de datos de Gestión de la Prestación Farmacéutica, modificado por la Orden 15 de abril de 1999, por la que se amplía la de 21 de julio de 1994, dando así cumplimiento a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento de los datos de carácter personal.
El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
La relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se ha completado mediante la ampliación de la Orden 21 de julio de 1994 por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de las Ordenes SCO/1655/2006, de 12 de mayo, SCO/3597/2008, de 24 de noviembre y SAS/895/2010, de 29 de marzo, completándose la relación de ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad e introduciendo las modificaciones que han sido necesarias. En base a lo anteriormente expuesto, y con el fin de modificar el fichero de la gestión de la prestación farmacéutica para adaptarlo a la nueva modalidad de prescripción y dispensación mediante el sistema de receta electrónica de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1718 /2010 de 17 de diciembre sobre receta médica y ordenes de dispensación, se procede a una nueva modificación mediante la presente regulación.
En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de datos.
En su virtud, dispongo:
Se modifica el contenido del anexo I de la Orden 21 de julio de 1994, Ficheros de carácter sanitarios, con la modificación del fichero de gestión de la prestación farmacéutica, cuyo responsable es la Subdirección General de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y cuyos datos figuran en el anexo de esta orden, que incluye modificaciones en los siguientes apartados:
Finalidad del fichero y usos previstos.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Estructura básica del Fichero.
Sistema de tratamiento.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de septiembre de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.
Finalidad del fichero y usos previstos:
Dispensación de recetas y para el control de la prestación farmacéutica. Se utilizará también como herramienta estadística y de investigación sanitaria.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos. Los datos se recogen de los interesados o de su representante legal previa autorización de estos, mediante formularios en papel o sistemas informatizados de prescripción, visado y dispensación, de los datos de las recetas médicas del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y de la dispensación de las recetas en las oficinas de farmacia de Ceuta y Melilla.
De usuarios del Sistema Nacional de Salud.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo del paciente, nombre y apellidos del asegurado, DNI, año de nacimiento, n.º de afiliación a la seguridad social, código de identificación personal, nivel de aportación.
Nombre apellidos, código de la plaza, n.º de colegiado del médico prescriptor; centro de trabajo, datos identificativos de las oficinas de farmacia, nombre y apellidos del farmacéutico y NIF.
Nombre y apellidos del funcionario responsable del visado.
Medicamento prescrito, medicamento dispensado, fecha de prescripción y dispensación.
Datos especialmente protegidos: Datos de salud (inclusión en campañas sanitarias de carácter especial). Medicamento prescrito y dispensado.
Sistema de tratamiento. Parcialmente automatizado. Cesiones de datos: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, oficinas de farmacia (solo los datos imprescindibles para la dispensación de los medicamentos) y Colegios de Farmacéuticos de las Ciudades de Ceuta y Melilla (datos imprescindibles para la facturación: Medicamento dispensado, n.º de envases, precio, aportación, fecha dispensación y NIF farmacia dispensadora, estando el uso del resto de datos prohibido).
Medidas de seguridad con indicación de nivel: Alto.
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