Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-12556

Resolución de 27 de septiembre de 2012, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delegan determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 8 de octubre de 2012, páginas 71548 a 71549 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-12556
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/09/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

La necesidad de dotar de mayor eficacia y agilidad la tramitación y resolución del procedimiento para la deducción de deudas de determinados entes públicos, así como el carácter eminentemente técnico de la problemática que estos plantean unido a la reestructuración de competencias acometida recientemente en el Departamento de Recaudación, aconsejan delegar las competencias que el Reglamento General de Recaudación, la disposición adicional primera de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, la disposición adicional vigésima sexta de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y la Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación (en redacción dada tras la modificación operada por Resolución de fecha 24 de julio de 2012) atribuyen en esta materia al Director del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modificando para ello la delegación que se encontraba vigente respecto del ejercicio de dicha competencia.

Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa aprobación por el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con la disposición adicional decimotercera de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/1997, de 14 de abril, dispongo:

Primero.

Se delega en el Subdirector General de Coordinación y Gestión la competencia que, en el procedimiento de deducción de deudas de determinado entes públicos, atribuyen la disposición adicional primera de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre y la disposición adicional vigésima sexta de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, al Director del Departamento de Recaudación.

Segundo.

La delegación se entiende sin perjuicio de que el órgano delegante pueda recabar el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportunos.

Tercero.

El ejercicio de competencias delegadas en virtud de la presente Resolución se ajustará a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.

Los acuerdos que se adopten en virtud de lo dispuesto en esta Resolución deberán indicar expresamente que son adoptados por delegación.

Quinto.

Por la presente resolución, se revoca la previa delegación que, en la misma materia y en virtud de la Resolución del Departamento de Recaudación de 16 de junio de 2003, se encuentra acordada a favor de la Subdirección General de Procedimientos Especiales.

Sexto.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de septiembre de 2012.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ana Fernández-Daza Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/09/2012
  • Fecha de publicación: 08/10/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 09/10/2012
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 16 de junio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-12610).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid