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Documento BOE-A-2012-12722

Resolución de 27 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden las becas FormARTE de formación y especialización en materias de la competencia de instituciones culturales, correspondientes al curso 2012/2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2012, páginas 72913 a 72918 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-12722

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/3810/2004, de 15 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 20 de noviembre), establece las bases reguladoras para la concesión de becas de especialización en actividades y materias de la competencia de instituciones culturales dependientes del Ministerio de Cultura. Por Resolución de 24 de mayo de 2012 (Boletín Oficial del Estado de 1 de junio), de la Secretaría de Estado de Cultura, se convocan las becas FormARTE de las siguientes clases: Beca de Conservación y Restauración de Bienes Culturales; Beca de Museología; Beca Biblioteconomía y Documentación; Beca de Archivística; Beca de Gestión Cultural; y Beca de Artes Plásticas y Fotografía.

De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de 24 de mayo de 2012, la Comisión de Estudio y Valoración, ha examinado y valorado las solicitudes presentadas a la convocatoria, habiendo dado traslado de la propuesta de la evaluación efectuada a la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, órgano instructor del procedimiento, para la concesión de determinadas becas a los solicitantes seleccionados.

Los criterios tenidos en cuenta por la Comisión de Estudio y Valoración para la selección de solicitudes han sido los establecidos en el punto 4 de los apartados primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto del Anexo I de la Resolución de 24 de mayo. En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas a la convocatoria, vista la propuesta elaborada por la Comisión de Estudio y Valoración en su reunión de 5 de septiembre de 2012, vista la propuesta de resolución definitiva de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, de 21 de julio de 2006, en la Orden CUL/3810/2004, de 15 de noviembre, y Resolución de 24 de mayo de 2012, resuelvo:

Primero.

Conceder becas a las personas que se relacionan en el Anexo a la presente resolución, para la realización de las actividades formativas en los centros y dependencias que en el mismo se mencionan y en las cuantías establecidas que allí se señalan.

Segundo.

Aprobar las relaciones ordenadas de suplentes propuestas en el acta de la Comisión de Estudio y Valoración, que se hace pública a través de la pagina web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a efectos de lo previsto en el punto Sexto.1, b) de la Orden CUL/3810/2004, de 15 de noviembre.

Tercero.

Fijar como plazo para realizar las citadas actividades formativas objeto de las becas el que se indica en el Anexo para cada una de ellas.

La realización de estas actividades será justificada por los becarios de conformidad con lo establecido en el punto 12 del apartado Primero de la Resolución de 24 de mayo, en el mes siguiente a la terminación del plazo fijado para la realización de las actividades formativas.

Cuarto.

Denegar el resto de las solicitudes que están reflejadas en el Anexo II del acta de la Comisión de Estudio y Valoración, cuyo contenido se encuentra a disposición de los interesados en la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo.

Quinto.

Declarar excluidas las solicitudes que figuran en el Anexo II del acta de la Comisión de Estudio y Valoración, cuyo contenido se encuentra a disposición de los interesados en la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, por no cumplir con los requisitos establecidos para poder participar en la convocatoria o por desistimiento de los interesados.

Esta resolución tendrá su correspondiente publicación en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://mcu.es. Apartado Servicios al Ciudadano, Becas, ayudas y subvenciones.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación del mencionado recurso potestativo de reposición podrá efectuarse además de en los lugares establecidos en al artículo 38.4 de la Ley 30/1998, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de la oficina virtual –Sede electrónica– de la Secretaria de Estado de Cultura, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

Lo que se hace público conforme al artículo 59.6 de la citada Ley 30/1992, en relación con el artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 27 de septiembre de 2012.–El Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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