Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Imatosgil Investimentos, SGPS, S.A. por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra p) del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 53 del mismo texto legal y la normativa de desarrollo, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Orden Ministerial de fecha 2 de diciembre de 2011 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Imatosgil Investimentos, SGPS, S.A., por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 99, letra p), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 53 del mismo texto legal y normativa de desarrollo, por el incumplimiento de la obligación de comunicación en plazo a la Comisión Nacional del Mercado e Valores de participaciones significativas en la sociedad cotizada La Seda de Barcelona, S.A., tanto en su condición de administrador de ésta como en su condición de accionista significativo, una sanción de multa por importe de 50.000 euros (cincuenta mil euros).
La Resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación no es firme, habiéndose interpuesto frente a la misma recurso en vía judicial.
Madrid, 26 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.
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