Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad Ahorro Corporación Gestión, SA, SGIIC por la comisión de dos infracciones muy graves tipificadas en las letras r) y e) del artículo 80 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94.3 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial de fecha 2 de agosto de 2012 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
1. Imponer a Ahorro Corporación Gestión, SA, SGIIC, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 r) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva vigente, según redacción dada por la Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la realización de operaciones vinculadas, con incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 67 de la citada norma, una sanción de multa por importe de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros).
2. Imponer a Ahorro Corporación Gestión, SA, SGIIC, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 80 e) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, según redacción vigente al tiempo de su comisión, por el incumplimiento de los límites a la inversión y de los coeficientes de inversión mínima, una sanción de multa por importe de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros).
Madrid, 26 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.
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