La entidad Asefa, S.A. Seguros y Reaseguros, ha presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización para la operación consistente en la cesión total de cartera, que comprende riegos de los ramos No Vida números 8, 9, 13 y 15, suscritos por la sucursal en Portugal de la citada entidad, a la entidad de nacionalidad portuguesa Victoria Seguros, S.A., que posee la preceptiva autorización para operar en Portugal en los citados ramos.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 23 y 50 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, habiéndose recibido de la autoridad de control de Portugal el certificado de solvencia de la entidad cesionaria.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto autorizar la cesión total de la cartera de seguros que comprende riesgos de ramos No Vida números 8, 9, 13 y 15 de la sucursal en Portugal de la entidad Asefa, S.A. Seguros y Reaseguros, a la entidad de nacionalidad portuguesa Victoria Seguros, S.A.
Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 19 de septiembre de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.
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