Visto el expediente de indulto de doña Glinka Viviana Ordóñez Jama, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Segovia, en sentencia de 21 de septiembre de 2007, como autora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, a la pena de veintiocho meses y quince días de prisión, difiriendo, para ejecución de sentencia, la procedencia de sustituir la pena de prisión por expulsión y diez meses y quince días de multa con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,
Vengo en conmutar a doña Glinka Viviana Ordóñez Jama la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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