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Documento BOE-A-2012-13482

Resolución de 24 de septiembre de 2012, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30 de octubre de 2012, páginas 76509 a 76535 (27 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-13482

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y la regla 38 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se deberá publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información relativa a las cuentas anuales en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General del Estado presente las respectivas cuentas ante el Tribunal de Cuentas, con el contenido mínimo establecido en la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado.

En cumplimiento de lo establecido en las citadas normas, se dispone la publicación de las cuentas anuales de la Confederación Hidrográfica del Ebro correspondientes al ejercicio 2011, que figuran como anexo a la presente Resolución.

Zaragoza, 24 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, Xavier de Pedro Bonet.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.1 Organización y actividad del organismo

La Confederación Hidrográfica del Ebro es un organismo autónomo de los definidos en el artículo 43.10.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito a efectos administrativos al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Mediante Real Decreto 928/1989 de 21 de julio, se crearon los organismos de cuenca como Entidades de Derecho público, con personalidad jurídica propia y distinta de la del Estado, de acuerdo con el artículo 22.1 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

La estructura y funciones, así como su régimen económico y patrimonial los define el citado Real Decreto Legislativo, cuyas funciones básicas son las siguientes:

a) La elaboración del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.

b) La administración y control del dominio público hidráulico.

c) La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.

d) El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del organismo, y las que le sean encomendadas por el Estado.

e) Las que se deriven de los convenios con Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Las fuentes de financiación del organismo son de dos tipos básicamente:

– Las derivadas de la propia actividad del organismo, es decir la recaudación de las tasas cuya gestión tiene encomendadas. Las más significativas, definidas por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, son: el Canon de Vertido, Canon de aprovechamientos, Canon de Regulación, Tarifa de utilización de aguas, …

– Las transferencias corrientes y de capital recibidas del Estado para financiar determinados gastos corrientes y de capital.

Estructura organizativa

Unidades/Responsables

Áreas y/o Servicios

Presidencia: Don Rafael Romeo García.

Gabinete.

Dirección Técnica: Don Francisco José Hijós Bitrian.

Proyectos y Obras 1 (5 servicios).

Proyectos y Obras 2 (5 servicios).

Explotación (6 servicios).

Gestión de Recursos en Explotación.

Comisaría de Aguas: Don Ángel Núñez Maestro.

Gestión del D.P.H. (Policía de cauces).

Calidad de Aguas (Vertidos).

Gestión Medioambiental.

Hidrología y Cauces.

Régimen de Usuarios.

Oficina de Planificación: Don Manuel Omedas Margelí.

Servicio de Ordenación e Informes.

Secretaría General: Doña María Teresa Santos Ruiz de Eguílaz.

Área Jurídica y Patrimonial.

Área RR.HH. y Servicios.

Asuntos Económicos (Servicio de Contabilidad).

El número medio de empleados durante el ejercicio al que se refieren las cuentas es de 361 funcionarios y 661 laborales. A 31 de diciembre el número de efectivos reales son: 356 funcionarios y 665 personal laboral, con la siguiente clasificación por grupos y sexos:

Funcionarios

Mujer

Varón

Grupo A-1

28

44

Grupo A-2

22

40

Grupo C-1

76

68

Grupo C-2

55

23

Total

181

175

Laborales

Mujer

Varón

Grupo 1

1

 

Grupo 2

1

5

Grupo 3

15

275

Grupo 4

45

222

Grupo 5

50

51

Total

112

553

VI.2 Bases de presentación de las cuentas

1. Imagen fiel.

Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el articulo 128 de la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Publica, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

2. Comparación de la información.

Las cuentas anuales del ejercicio 2011, al ser las primeras que aplican el nuevo Plan General de Contabilidad Pública, no reflejarán en los estados que incluyan información comparativa, las cifras relativas al ejercicio o ejercicios anteriores, de cuerdo con lo previsto en la Disposición transitoria tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios de criterios de contabilización.

La forma de cálculo del Remanente de Tesorería ya se modificó en ejercicios anteriores, como consecuencia de lo establecido en el artículo primero de la OM EHA/405/2006, de 10 de febrero. La nueva forma de cálculo no ha representado variación alguna en el importe obtenido con respecto al calculado según el criterio anterior.

De acuerdo con el nuevo PGCP las anulaciones/rehabilitaciones de derechos de ejercicios cerrados tanto del presupuesto de ingresos como las procedentes de operaciones comerciales se llevan directamente al patrimonio neto (cuenta PGCP:120) a diferencia de lo establecido en el anterior plan que lo llevaba a cuentas de gasto/ingreso de ejercicios anteriores.

4. Cambios en estimaciones contables.

No se han producido cambios en estimaciones contables.

5. Balance y cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio 2010.

Se adjuntan como anexos I y II, el Balance de Situación del ejercicio 2010, y la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial del ejercicio 2010, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera del NPGCP.

6. Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

a) Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública se producen los siguientes cambios en las cuentas del inmovilizado intangible e inmovilizado material:

– Los activos correspondientes a la propiedad industrial e intelectual que antes figuraban de forma separada ahora se integran en una única cuenta contable (203).

– La cuenta de «otro inmovilizado material» incluía unos activos que pasan a la cuenta «bienes del patrimonio histórico» como consecuencia de la tenencia por parte de la CHE de bienes muebles de interés artístico e histórico.

Estos cambios en las cuentas de activo no tienen incidencia sobre el patrimonio neto.

b) En relación a las inversiones realizadas por el organismo para otros entes públicos, si bien anteriormente se contabilizaban como inmovilizado material de la entidad, en las cuentas anuales del ejercicio 2011 y de acuerdo con el Nuevo Plan General de Contabilidad Pública se contabilizan como existencias procediendo durante el ejercicio a imputar a la cuenta de resultados las compras o gastos realizados por terceros y a final del ejercicio a regularizar las existencias. La incidencia que tienen sobre el patrimonio neto es que tanto los gastos en los que se incurren durante el ejercicio como la regularización de existencias van directamente a resultados del ejercicio.

c) Respecto a las inversiones destinadas al uso general se contabilizan como infraestructuras en curso no teniendo ninguna incidencia este cambio sobre el patrimonio neto.

d) Por lo que se refiere a la subvención recibida en el ejercicio 2011 del Fondo Económico Europeo si bien con anterioridad se llevaban directamente a resultados del ejercicio con el nuevo PGCP supone un incremento del patrimonio neto.

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material, infraestructuras en curso y bienes del patrimonio histórico.

Las inversiones materiales se registran al precio de adquisición o coste de producción más, en su caso, las actuaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

La cuenta de activo «Bienes del patrimonio histórico» recoge dos cuadros del pintor aragonés Francisco de Goya cuya propiedad correspondía al extinto organismo autónomo Canal Imperial de Aragón que se integró en la Confederación Hidrográfica del Ebro en el año 1986, siendo valorados entonces en 30.100.000 pesetas (180.904,64 euros), y que actualmente se encuentran en depósito en el Museo Provincial de Zaragoza.

Por las especiales características de estos bienes no se amortizan.

Las infraestructuras en curso se registran al precio de adquisición o coste de producción.

En ejercicios pasados, estas inversiones destinadas al uso general una vez que estaban terminadas y estaban en disposición de ser usadas por los ciudadanos se contabilizaban en «Patrimonio entregado al uso general», en cumplimiento de lo establecido en la normativa contable de aplicación y siguiendo las recomendaciones del Tribunal en Cuentas en el Informe sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2005. En la actualidad, este tipo de inversiones se encuentran contabilizadas en la cuenta 232, infraestructuras en curso, procediendo a su activación y su consiguiente amortización cuando se terminen las obras.

2. Inversiones Inmobiliarias.

La Confederación Hidrográfica del Ebro no posee ningún tipo de activo que pueda ser calificado como inversión inmobiliaria.

3. Inmovilizado Intangible.

Las inmovilizaciones intangibles figuran contabilizadas por su precio de adquisición o por su coste de producción. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

4. Arrendamientos.

La Confederación Hidrográfica del Ebro no tiene formalizados contratos de arrendamiento financiero ni otros de análoga naturaleza.

5. Permutas.

La Confederación Hidrográfica del Ebro no ha realizado permutas de activos durante el ejercicio 2011.

6. Activos y pasivos financieros.

Los inversiones financieras a largo plazo se reflejan al precio de adquisición o al de mercado, si fuera menor. El precio de mercado de las inversiones se determina tomando como base el valor teórico contable resultante de las últimas cuentas anuales disponibles.

Las inversiones financieras temporales se reflejan al precio de adquisición o al mercado, si fuera menor. El precio de mercado se determina utilizando el mismo criterio que las inversiones financieras permanentes. En la actualidad la Confederación Hidrográfica del Ebro no dispone de inversiones financieras temporales.

7. Coberturas contables.

No se utilizan instrumentos de esta naturaleza.

8. Existencias.

Las existencias se valoran al precio de adquisición o coste de producción o al valor del mercado, el menor de los dos.

En el presente ejercicio, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, no hay existencias de mercaderías y productos terminados que valorar.

9. Activos construidos o adquiridos para otras entidades.

En el ejercicio 2011, como consecuencia de los Planes de Restitución Territorial por obras hidráulicas se han realizado inversiones para otros entes públicos, principalmente para los ayuntamientos afectados por las obras. Dada la imposibilidad de estimar con el suficiente grado de fiabilidad los ingresos y los costes asociados a este tipo de inversiones y al tratarse de activos que no se construyen directamente por la CHE los costes se reconocen como existencias y los ingresos, en caso de existir, se reconocerán cuando se entreguen los activos a la entidad destinataria de los mismos.

10. Transacciones en moneda extranjera.

Las cuentas a pagar o a cobrar en moneda distinta del euro se reflejan al tipo de cambio de fin de ejercicio. Las transacciones en moneda distinta del euro se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial de la entidad al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización. Todas las perdidas y beneficios (realizados o no) se imputan al resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se generen.

11. Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

12. Provisiones y contingencias.

La entidad cifra el importe del deterioro mediante un sistema individualizado de seguimiento de saldos de deudores para aquellos créditos en los que se de alguna de estas circunstancias:

– Que haya transcurrido el plazo de un año desde el momento en el que se ha iniciado el período ejecutivo.

– Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro.

– Que el deudor este declarado en quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos o incurso en un procedimiento de quita y espera.

– Que el deudor esté procesado por el delito de alzamiento de bienes.

13. Transferencias y subvenciones.

Las transferencias son aquellas entregas dinerarias o en especie sin contraprestación y que no se destinan a financiar operaciones específicas mientras que las subvenciones se destinan a un fin o proyecto específico. Tanto las transferencias como las subvenciones concedidas se contabilizan como gastos en el momento en que se tenga constancia del cumplimiento de las condiciones para su obtención por el destinatario.

Respecto a las trasferencias recibidas por la CHE éstas proceden en su totalidad de la entidad propietaria, es decir, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se reconocen como ingresos cuando se han cumplido las condiciones necesarias para su percepción y no existen dudas razonables sobre la misma, mientras que las subvenciones recibidas durante el ejercicio 2011 procedentes del Fondo Económico Europeo se registran en el momento del cobro y van directamente al patrimonio neto.

14. Actividades conjuntas.

No hay actividades conjuntas realizadas que se integren en las cuentas anuales.

15. Activos en estado de venta.

No existen activos calificados como tales, ya que no es una actividad propia del organismo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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