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Documento BOE-A-2012-14547

Resolución de 26 de noviembre de 2012, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan los Premios Nacionales de Innovación y Diseño 2012, en algunas de sus modalidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 27 de noviembre de 2012, páginas 82342 a 82344 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-14547

TEXTO ORIGINAL

La Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño tiene por finalidad incentivar el desarrollo de la innovación tecnológica y la utilización del diseño como elemento innovador mediante el reconocimiento de aquellas personas y entidades que se hayan distinguido por su contribución a esos objetivos.

La presente resolución aprueba la convocatoria 2012 de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño, en sus modalidades de Premio Nacional a la Internacionalización en el que se valora la proyección internacional de la empresa y la introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales, el Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora que distinguirá a aquellos empresarios que hayan tenido una aportación destacada al desarrollo de la innovación en España y los Premios Nacionales de Diseño para las categorías de Empresas valorando la trayectoria constante, reconocida y notoria en el campo del diseño durante los diez últimos años y Profesionales que reconoce a los profesionales que hayan destacado en la cultura del diseño y la innovación.

De acuerdo con el artículo 6.2 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño se realizará mediante resolución de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto de la resolución.

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño 2012 en las modalidades de Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora, Premio Nacional a la Internacionalización, Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales y Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas.

Artículo 2. Normativa aplicable.

La concesión de los premios se rige por lo dispuesto en la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño.

Artículo 3. Candidaturas.

Podrán ser candidatos a los premios los sujetos previstos en el artículo 5 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 septiembre de 2011, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño, según la modalidad de que se trate.

Los beneficiarios, en el momento de la presentación de su candidatura, deberán estar en activo y desarrollando una labor altamente significativa y con reconocido prestigio, tanto nacional como internacional.

Artículo 4. Características de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño.

1. La cuantía del Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales será de 30.000 €.

2. El Premio Nacional a la Internacionalización, el Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas tendrán carácter honorífico.

3. Los ganadores de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño podrán hacer uso de esta denominación en el material promocional de su actividad.

4. La financiación de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño a que se refiere esta resolución de convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 27.14.467C.484.

Artículo 5. Presentación de las candidaturas.

1. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el 28 de noviembre de 2012 a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 27 de diciembre de 2012, a las 15:00 horas (hora peninsular).

2. Las candidaturas al Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales, deberán ser presentadas por una persona distinta al candidato.

3. Con carácter previo a la presentación electrónica de la candidatura es necesario que el representante de la misma se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.

4. La presentación de las candidaturas se realizará a través de la cumplimentación del formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación «Procedimientos y servicios electrónicos».

Se deberá aportar la siguiente documentación adicional:

a) Una memoria descriptiva de los méritos del candidato/a, en la que se expongan aquellos aspectos que se consideren relevantes a efectos de su valoración, de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria para la modalidad correspondiente.

b) Cuando la candidatura se presente por una persona jurídica, la documentación que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.

c) En el caso de las modalidades Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales, un documento que acredite el respaldo a la candidatura por al menos tres entidades o personas de reconocido prestigio en el ámbito del diseño y de la innovación.

5. La documentación prevista en el apartado anterior deberá aportarse mediante ficheros electrónicos en formato PDF y de tamaño no superior a 4 Megabytes de información.

6. La presentación de la solicitud deberá hacerse con un sistema de firma electrónica avanzada. El certificado electrónico correspondiente deberá cumplir dos requisitos:

a) Debe pertenecer a una persona que esté inscrita en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.

b) Debe corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma «@firma», que pueden consultarse en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, dentro del apartado «Certificado digital».

Artículo 6. Criterios de valoración.

En desarrollo del artículo 9 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, los criterios de valoración, para cada una de las modalidades, son:

a) Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora:

1. La inversión innovadora (10 puntos).

2. La asunción de riesgos en tecnologías emergentes (10 puntos).

3. La internacionalización de las actividades llevadas a cabo por el candidato (10 puntos).

4. Política empresarial de recursos humanos para el fomento de la innovación (10 puntos).

5. Aportación ampliamente reconocida al progreso de la innovación española (10 puntos).

b) Premio Nacional a la Internacionalización:

1. Porcentaje del volumen de negocio que la empresa realiza en el exterior, respecto al volumen total de negocio de la empresa (10 puntos).

2. Impacto en la empresa de los proyectos innovadores y tecnológicos que se han incorporado a la estrategia internacional (10 puntos).

3. Introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales (10 puntos).

4. Política empresarial de fomento de la internacionalización de la actividad del personal investigador e innovador (10 puntos).

5. Contribución a la mejora de la imagen internacional de los productos y servicios españoles (10 puntos).

c) En la modalidad Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales:

1. Trayectoria constante, reconocida y notoria tanto entre otros profesionales del diseño, como en el mercado y en los medios de comunicación, durante al menos 15 años.

2. Aportación ampliamente reconocida al progreso del diseño español, mediante publicaciones, actividades de investigación o docencia.

d) En la modalidad Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas:

1. Trayectoria consolidada y ampliamente reconocida en el campo del diseño de al menos 10 años.

2. Utilización del diseño para la innovación.

3. Coherencia en la estrategia empresarial y resultados positivos en el mercado.

4. Calidad conceptual y técnica en sus productos y gestión.

5. Beneficios en sostenibilidad logrados a través de un uso eficiente del diseño y su proceso.

6. Capacidad para transmitir valores a la sociedad contribuyendo a la promoción y valorización del diseño.

Disposición final primera. Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Competitividad en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final segunda. Eficacia.

Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de noviembre de 2012.–El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación, Román Arjona Gracia.

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