Visto el expediente de indulto de don Clemente Reyes Reyes, condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección tercera, en sentencia de 12 de noviembre de 2008, como autor de un delito de homicidio imprudente en concurso medial con una falta dolosa de lesiones, a la pena de dos años de prisión, por el delito y cuarenta días de multa con una cuota diaria de tres euros por la falta, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de noviembre de 2012,
Vengo en conmutar a don Clemente Reyes Reyes la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de noviembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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