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Documento BOE-A-2012-15046

Resolución de 30 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la inactivación del conjunto C-81 (Levodopa-Carbidopa Oral).

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de diciembre de 2012, páginas 85057 a 85057 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-15046

TEXTO ORIGINAL

El día 14 de noviembre de 2012 el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha tenido conocimiento de la especial situación en la que se encuentran determinados medicamentos de los agentes dopaminérgicos, como es el caso de la Levodopa-Carbidopa Oral, afectada por la Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, por la que se determinan los nuevos conjuntos de medicamentos que se dispensen en oficinas de farmacia a través de receta médica oficial u orden de dispensación, sus precios de referencia, y se revisan los precios de referencia fijados por Orden SPI/3052/2010, de 26 de noviembre, al haberse revisado el conjunto C-81.

Las características de este medicamento, especialmente por su utilización en pacientes con enfermedad de parkinson idiopática, en particular para reducir el período «off» en pacientes que hayan sido tratados previamente con levodopa/inhibidores de la descarboxilasa, o con levodopa sola, y que hayan experimentado fluctuaciones motoras, hacen necesario tener en consideración aspectos relacionados con la asistencia sanitaria de los pacientes afectados. Además, al ser el objetivo de la prestación farmacéutica garantizar a los ciudadanos el acceso a los medicamentos necesarios, hace inexcusable que de forma excepcional, se reconsidere la aplicación efectiva de este conjunto, en base a la disponibilidad de los medicamentos cuyo principio activo es Levodopa-Carbidopa, con el fin de evitar posibles perjuicios asistenciales en el ámbito del Sistema Nacional de Salud. Por todo lo anterior, se procede a:

La inactivación del conjunto C-81 (Levodopa-Carbidopa Oral), determinado al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, por la que se determinan los nuevos conjuntos de medicamentos que se dispensen en oficinas de farmacia a través de receta médica oficial u orden de dispensación, sus precios de referencia, y se revisan los precios de referencia fijados por Orden SPI/3052/2010, de 26 de noviembre.

Este conjunto se activará en el momento en que quede garantizado un adecuado suministro de estos medicamentos dentro de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, que avalen la adecuada atención sanitaria de los pacientes tratados con Levodopa-Carbidopa Oral.

Al referido conjunto le será de aplicación lo establecido en la disposición adicional 2.ª, apartado tercero, disposición adicional 3.ª, apartado tercero, disposición adicional 5.ª, apartado segundo, disposición transitoria 4.ª, apartado cuarto, y disposición transitoria quinta, apartado tercero de la Orden SPI/3052/2010, de 26 de noviembre.

No obstante, los criterios de creación y revisión de conjuntos establecidos por artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, se siguen manteniendo independientemente de la inactivación excepcional del conjunto anteriormente citado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución puede interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la misma, ante el Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Madrid, 30 de noviembre de 2012.–El Director general de Cartera Básica de Servicios, del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Agustín Rivero Cuadrado.

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