De acuerdo con lo dispuesto en el apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, y de conformidad con lo previsto en el apartado uno del artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado,
Este Ministerio ha dispuesto:
Publicar la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, convocadas por Orden CIN/2924/2011, de 14 de octubre (BOE número 262, de 31 de octubre), y que figura en el anexo I de esta Orden.
En el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes aprobados deberán presentar en el Registro General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, 28006 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigidos a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título de Graduado de Enseñanza Secundaria Obligatoria. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, no podrán ser nombrados funcionarios en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de noviembre de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.
Orden |
DNI |
Apellidos y nombre |
Puntuación |
---|---|---|---|
Ámbito geográfico: Madrid |
|||
1 |
11733203 |
Blanco Ferreras, María Ángeles |
133,00 |
2 |
70799382 |
Martín Bermejo, María Nieves |
131,30 |
3 |
50293223 |
Romero González, Anunciación |
117,80 |
4 |
52379633 |
Nieto Jiménez, Ana Isabel |
113,77 |
5 |
51915959 |
Pérez de Cos, Alberto |
110,91 |
6 |
51351075 |
Pérez Alfaro, Josefa |
106,85 |
7 |
25178808 |
Royo Moya, María Elena |
104,20 |
Ámbito geográfico: Córdoba |
|||
1 |
30791907 |
Jiménez Muñoz, Angustias |
127,23 |
2 |
30512987 |
Ramos Naz, Encarnación |
123,38 |
3 |
30527924 |
García Rull, Ana Adela |
115,69 |
Don/doña.........................................................................................................., con domicilio en........................................................................................................................, y documento nacional de identidad número......................................, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Auxiliares de Investigación de Organismos Públicos de Investigación, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En....................................., a...... de................ de 20......
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid