El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 12 de diciembre actual en el conflicto positivo de competencia número 4540-2012, promovido por el Gobierno de la Nación ha acordado levantar la suspensión de la vigencia de los artículos 1; 2, apartados 2 y 3; 3; 4; 5; 6, apartados 1 y 2; 7, apartados 2 y 3 –en el sentido de lo dispuesto en el FJ 6 «in fine»–, y disposición final primera del Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Mantener la suspensión de la vigencia del artículo 8, apartados 1 y 2, del Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado conflicto positivo de competencia y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de 1 de agosto de 2012.
Madrid, 12 de diciembre de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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