Visto el expediente de indulto de don Hokman Joma, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla, en sentencia de 29 de junio de 2010, como autor de un delito contra la Comunidad Internacional, en relación con el delito de atentado contra Autoridad, a la pena de tres años de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y cuatro meses y dieciséis días de multa con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,
Vengo en indultar a don Hokman Joma la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 30 de noviembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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